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Inscripción en el Registro Industrial y expedición de certificado de empresas instaladoras de productos petrolíferos.
Consejería:
Consejería de Innovación Industria Transporte y Comercio
Dirección General:
Dirección General de Industria Energía y Minas
Descripción:
Inscripción en el Registro Industrial y expedición de certificado de instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Registros y censos
Impresos:
Certificado y Hoja de comunicación de datos al Registro de Establecimientos Industriales.
Requisitos:
Capacitación técnica/profesional (ver puntos 4 y 5 de la ITC MI-IP05).
Documentación:
Para la obtención de carnés (ver punto 4 de la ITC MI-IP05): solicitud, DNI, 1 fotografía, titulo y memoria. Para la emisión del certificado de empresa instaladora o reparadora (ver punto 5 de la ITC MI-IP05): solicitud e impresos de inscripción en el registro industrial, póliza de seguros de responsabilidad civil, IAE, TC2 de la Seguridad Social. Declaración de que se dispone en plantilla de 1 trabajador, al menos, con carné de instalador de productos petrolíferos y de que la empresa cuenta con los medios técnicos necesarios para realizar dicha actividad.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
27 de febrero del 2007
Lugar presentación :
Registro de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo, calle Albert Einstein nº 2, Edificio Apia, 39001, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Ordenación./Decreto 58/2007, de 17 de mayo, de modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico (BOC de 31 de mayo)
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Industria, Comercio y Consumo. / Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, que regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de trabajo e industria (BOC de 3 de octubre).
Plazo de resolución:
Tres meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Estimatorio.
Via administrativa:
No agota la vía Administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y en cualquier momento si no lo es / Consejero/a de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.
Normativa:
Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (BOE 23 de julio de 1992). Real Decreto 365/2005, de 8 de abril, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MI-IP05 «Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidLey 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.os (BOE 27 de abril de 2005).
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania
3781095








