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Aprobación definitiva de Planes Parciales en municipios de menos de 2500 habitantes.
Consejería:
Consejería de Obras Públicas Ordenación del Territorio y Urbanismo
Dirección General:
D.G. de Urbanismo y Ordenación del Territorio
Descripción:
Regular la urbanización y edificación del suelo urbano no consolidado y del suelo urbanizable, plasmando el principio de equidistribución y desarrollando el plan general mediante la ordenación detallada de uno o varios sectores completos (art. 54 de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de ordenación territorial y régimen urbanístico del suelo de Cantabria).
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Otros
Tipo de destinatario:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Requisitos:
A) Municipios de menos de 2500 habitantes, información pública; B) Destinatario: particulares, administración local.
Documentación:
Documentación General: Memoria, Planos de información, Planos de ordenación. Ordenanzas urbanísticas en las que se incluirá como anexo, en su caso, los catálogos de edificios preexistentes a proteger. Plan de etapas, estudio de evaluación de costes de urbanización e implantación de servicios. En planes de iniciativa particular, además: acreditación de la voluntad de las personas que ejercen la iniciativa y de los medios económicos con que cuenten para llevar a cabo la actuación. Relación de afectados con sus direcciones postales. En el caso de suelo urbanizable residual, estudio justificativo del sector y del carácter de la urbanización, con especial referencia a las conexiones con los servicios viarios y de infraestructuras generales, modo de ejecución en las obras de urbanización y propuesta, en su caso. Compromisos de conservación, mantenimiento de urbanización y prestación de servicios. Estudio económico-financiero. Fianza o aval equivalente al 2% del coste real y efectivo de la inversión prevista en el estudio económico-financiero, en garantía de la prosecución y mantenimiento de la iniciativa emprendida.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
17 de diciembre del 2019
Lugar presentación :
Registro de la Dirección General de Urbanismo o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Ayuntamiento / Artículos 73 y 74 de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CROTU). / Artículo 73.3 de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de ordenación territorial y régimen urbanístico del suelo de Cantabria.
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Positivo
Via administrativa:
Agota la vía administrativa
Recursos:
Contencioso-administrativo / Dos meses / Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria
Normativa:
Real DECRETO 2159/1978, por el que se aprueba el reglamento de planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre régimen del suelo y ordenación urbana. // Ley 2/2001, de Ordenación territorial y régimen urbanístico del suelo de Cantabria.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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