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Detalle:

Protección de menores.

Consejería:

Consejería de Universidades Igualdad Cultura y Deporte

Dirección General:

Instituto Cántabro de Servicios Sociales

Descripción:

Valorar la situación del menor y adoptar la medida pertinente: riesgo, guarda, acogimiento, desamparo. Realizar seguimiento de los menores. Conceder ayudas que sean necesarias para la protección del menor y la remuneración de los acogimientos.

Tipo de Inicio:

De oficio

Tipo procedimiento:

Otros

Tasa/Precio público:

No

Fecha:

30 de julio del 2010

Órgano instructor / Norma atributiva:

Servicio de Atención a la Infancia, Adolescencia y Familia / Artículo 18 Decreto 58/2002.

Órgano resuelve / Norma atributiva:

Director/aa del Instituto Cántabro de Servicios Sociales / Artículo 65 de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre. Artículo 84 del Decreto 58/2002.

Plazo de resolución:

Seis meses.

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Caducidad

Recursos:

Medida de tutela, desamparo, guarda o riesgo. Juez de Primera Instancia / Plazo de 3 meses para tutela y 2 meses para resto de medidas. Medidas de Prestaciones / 1 mes/ Consejero/a de Sanidad y Servicios Sociales.

Normativa:

Código Civil.Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.Ley de Cantabria 8/2010, de 23 de diciembre, de grantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia. Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de régimen jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.Ley de Cantabria 3/2009, de 27 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales .Decreto 58/2002, de 30 de mayo,por el que se desarrollan los procedimientos relativos a la protección de menores y la adopción y se regula el Registro de Protección a la Infancia y Adolescencia.

Información al ciudadano:

Es posible acordar la comparecencia obligatoria para la práctia de trámites de audiencia o de notificaciones.Muchas notificaciones se practican de manera presencial.Todos los actos del procedimiento se notifican al Ministerio Fiscal.Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

Enlaces:

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