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Protección de menores.
Consejería:
Consejería de Universidades Igualdad Cultura y Deporte
Dirección General:
Instituto Cántabro de Servicios Sociales
Descripción:
Valorar la situación del menor y adoptar la medida pertinente: riesgo, guarda, acogimiento, desamparo. Realizar seguimiento de los menores. Conceder ayudas que sean necesarias para la protección del menor y la remuneración de los acogimientos.
Tipo de Inicio:
De oficio
Tipo procedimiento:
Otros
Tasa/Precio público:
No
Fecha:
30 de julio del 2010
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Atención a la Infancia, Adolescencia y Familia / Artículo 18 Decreto 58/2002.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/aa del Instituto Cántabro de Servicios Sociales / Artículo 65 de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre. Artículo 84 del Decreto 58/2002.
Plazo de resolución:
Seis meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Caducidad
Recursos:
Medida de tutela, desamparo, guarda o riesgo. Juez de Primera Instancia / Plazo de 3 meses para tutela y 2 meses para resto de medidas. Medidas de Prestaciones / 1 mes/ Consejero/a de Sanidad y Servicios Sociales.
Normativa:
Código Civil.Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.Ley de Cantabria 8/2010, de 23 de diciembre, de grantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia. Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de régimen jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.Ley de Cantabria 3/2009, de 27 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales .Decreto 58/2002, de 30 de mayo,por el que se desarrollan los procedimientos relativos a la protección de menores y la adopción y se regula el Registro de Protección a la Infancia y Adolescencia.
Información al ciudadano:
Es posible acordar la comparecencia obligatoria para la práctia de trámites de audiencia o de notificaciones.Muchas notificaciones se practican de manera presencial.Todos los actos del procedimiento se notifican al Ministerio Fiscal.Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
Enlaces:
- http://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=37839
- http://www.boe.es/boe/dias/1996/01/17/pdfs/A01225-01238.pdf
- http://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=43964
- http://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=163270
- http://www.boe.es/boe/dias/1992/11/27/pdfs/A40300-40319.pdf
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