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Precios publicos periciales extrajudiciales Instituto Medicina Legal
Precios públicos periciales extrajudiciales IML (OP)
Gestión económica de los precios públicos por la elaboración de informes periciales por el Instituto de Medicina Legal de Cantabria derivados de accidentes de tráfico
Fecha Publicación: 20-05-2020 Fecha Inicio: 31-08-1971 Fecha Límite: 15-01-2021 StructureKey: PROCEDIMIENTO
dirección general justicia
consejería de presidencia interior justicia y acción exterior
general
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Reclamación de impagos de aportaciones económicas de dependencia
Reclamación de impagos de las aportaciones económicas de las personas destinatarias de los servicios del SAAD o usuarios de plazas en centros públicos y concertados con el Gobierno de Cantabria.
Fecha Publicación: 20-03-2019 Fecha Inicio: 31-08-1971 Fecha Límite: 15-01-2021 StructureKey: PROCEDIMIENTO
instituto cántabro de servicios sociales
consejería de universidades igualdad cultura y deporte
general
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impuesto sobre sucesiones y donaciones (modalidad donaciones).
Autoliquidación o declaración y pago de este impuesto cuando se efectúen adquisiciones mediante donación o cualquier otro acto lucrativo inter vivos.
Fecha Publicación: 16-06-2016 Fecha Inicio: 31-08-1971 Fecha Límite: 15-01-2021 StructureKey: PROCEDIMIENTO
direccion de la agencia cantabra de administración tributaria
consejería de economía y hacienda
general
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solicitud de aplazamiento o fraccionamiento del pago de deudas, tanto en período voluntario como ejecutivo.
Obtener un aplazamiento o un fraccionamiento en el pago de deudas de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Los aplazamientos consisten en un pago de la cantidad en una única fecha posterior y los fraccionamientos, en pagos de forma fraccionada en distintas fechas posteriores, en ambos casos se devengan intereses de demora. Igualmente se tramitan solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento correspondientes a tributos y otros recursos económicos de Entidades Locales cuya gestión y recaudación haya sido delegada expresamente a la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Fecha Publicación: 16-06-2016 Fecha Inicio: 31-08-1971 Fecha Límite: 15-01-2021 StructureKey: PROCEDIMIENTO
direccion de la agencia cantabra de administración tributaria
consejería de economía y hacienda
general
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aplazamiento o fraccionamiento del pago del impuesto sobre sucesiones y donaciones, en los casos de adquisiciones mortis-causa.
Aplazar hasta 1 año o fraccionar hasta en 5 anualidades el pago de deudas de la Hacienda pública de Cantabria, en ambos casos con intereses de demora, cuando se trate de adquisiciones mortis-causa.
Fecha Publicación: 16-06-2016 Fecha Inicio: 31-08-1971 Fecha Límite: 15-01-2021 StructureKey: PROCEDIMIENTO
consejería de economía y hacienda
direccion de la agencia cantabra de administración tributaria
general
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impuesto sobre sucesiones y donaciones (modalidad sucesiones).
Autoliquidación o declaración y pago del impuesto sobre sucesiones y donaciones, en su modalidad de sucesiones, que grava las adquisiciones mortis-causa, ya sea por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.
Fecha Publicación: 16-06-2016 Fecha Inicio: 31-08-1971 Fecha Límite: 15-01-2021 StructureKey: PROCEDIMIENTO
consejería de economía y hacienda
direccion de la agencia cantabra de administración tributaria
general
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impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (compraventa de vehículos usados).
Proceder a la autoliquidación y pago del impuesto devengado en la transmisión de vehículos usados (vehículos y demás medios de transporte) entre particulares o, en su caso, declarar la exención que proceda, cuando el adquiriente es empresario dedicado habitualmente a la compra-venta de vehículos.
Fecha Publicación: 16-06-2016 Fecha Inicio: 31-08-1971 Fecha Límite: 15-01-2021 StructureKey: PROCEDIMIENTO
consejería de economía y hacienda
direccion de la agencia cantabra de administración tributaria
general
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reembolso del coste de las garantias
Reembolsar el coste de las garantías aportadas para suspender o fraccionar el pago de una deuda si dicho acto o deuda es declarado improcedente por sentencia o resolución administrativa firme. Cuando el acto o la deuda se declare parcialmente improcedente el reembolso alcanzará a la parte correspondiente del coste de las garantías. En todo caso se abonará el interes legal vigente que se devengue desde la fecha debidamente acreditada en que se hubiese incurrido en dichos costes hasta la fecha en que se ordene el pago.
Fecha Publicación: 16-06-2016 Fecha Inicio: 31-08-1971 Fecha Límite: 15-01-2021 StructureKey: PROCEDIMIENTO
direccion de la agencia cantabra de administración tributaria
consejería de economía y hacienda
general
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reclamación administrativa de tercerías de dominio o mejor derecho.
Reclamación del interesado fundamentada en su dominio sobre los bienes embargados al deudor o por ostentar mejor derecho al efecto de ser reintegrado de su crédito con preferencia al perseguido en el expediente de apremio instruido al deudor. Esta reclamación administrativa es requisito previo para el ejercicio de la acción de tercería ante Juzgados y Tribunales civiles. No podrá ser calificada como reclamación de tercería la formulada por el obligado al pago.
Fecha Publicación: 16-06-2016 Fecha Inicio: 31-08-1971 Fecha Límite: 15-01-2021 StructureKey: PROCEDIMIENTO
direccion de la agencia cantabra de administración tributaria
consejería de economía y hacienda
general
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recurso de reposición previo a la reclamación económico-administrativa contra la procedencia de la providencia de apremio o contra los acto
Contra la providencia de apremio sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición: a) Extinción total de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago b) Solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o compensación en periodo voluntario y otras causas de suspensión del procedimiento de recaudación c) Falta de notificación de la liquidación d) Anulación de la liquidación e) Error u omisión en el contenido de la providencia de apremio que impida la identificación del deudor o de la deuda apremiada. Contra la diligencia de embargo sólo serán admitidos los siguientes motivos de oposición: a) Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago b) Falta de notificación de la providencia de apremio c) Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en la Ley 58/2003 General Tributaria d) Suspensión del procedimiento de recaudación. El acuerdo de enajenación de bienes embargados sólo podrá impugnarse si las diligencias de embargo se han tenido por notificadas de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 112 de la Ley 58/2003 General Tributaria.
Fecha Publicación: 16-06-2016 Fecha Inicio: 31-08-1971 Fecha Límite: 15-01-2021 StructureKey: PROCEDIMIENTO
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