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Detalle:

Rendición anual de cuentas por las Federaciones Deportivas Cántabras.

Consejería:

Consejería de Universidades Igualdad Cultura y Deporte

Dirección General:

Dirección General Deporte

Descripción:

Los Presidentes de las Federaciones Deportivas Cántabras rendirán cuentas anualmente ante la Dirección General de Deporte en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la aprobación de las cuentas en la Asamblea General y, en todo caso, antes del 1 de febrero de cada año; y todo ello con el objeto de someter la contabilidad y estado económico-financiero de las Federaciones Deportivas Cántabras a las prescripciones legales vigentes y a los principios contables necesarios que ofrezcan una imagen clara y fiel de la entidad.

Tipo de Inicio:

Interesado

Tipo procedimiento:

Declaraciones y comunicaciones de los interesados

Tipo de destinatario:

Empresas

Documentación:

La documentación a presentar por las Federaciones Deportivas Cántabras, junto con la instancia suscrita por su Presidente, será: 1º.-certificado del acuerdo de aprobación de las cuentas por la Asamblea General. 2º.- Un ejemplar de las cuentas anuales, que incluirá: balance de situación y cuenta de resultados, en los que consten de modo claro la situación económica, financiera y patrimonial de la entidad; y memoria expresiva de las actividades asociativas y de la gestión económica, incluyendo el cuadro de financiación, y reflejando el grado de cumplimiento de los fines asociativos.

Tasa/Precio público:

No

Plazo presentación:

15 días hábiles siguientes a la aprobación de las cuentas por la Asamblea General, y en todo caso, antes del 1 de febrero de cada año.

Fecha:

16 de septiembre del 2019

Lugar presentación :

Las cuentas federativas se dirigirán a la Dirección General de Deporte del Gobierno de Cantabria y se depositarán, preferentemente, en el Registro Delegado de la Dirección General Deporte, calle Pasaje de Peña, 2, 1º, 39008, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Dirección General de Deporte. Servicio de Deporte / Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (BOC nº 134, de 11 de julio de 2000) y Decreto 72/2002, de 20 de junio, de desarrollo general de la Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (BOC 11 de julio de 2002).

Plazo de resolución:

No tiene

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

No Tiene

Via administrativa:

No agota la vía administrativa.

Normativa:

Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (BOC 11 de julio de 2000).Decreto 72/2002, de 20 de junio, de desarrollo general de la Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (BOC 11 de julio de 2002).

Información al ciudadano:

Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

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