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Prolongación de la escolaridad para alumnos con necesidades educativas especiales. Solicitud de permanencia de un año más en educación infantil.
Consejería:
Consejería de Educación Formación Profesional y Turismo
Dirección General:
Dirección General de Centros Educativos
Descripción:
Permitir que los alumnos con necesidades educativas especiales puedan prolongar su estancia en los centros.
Tipo de Inicio:
Interesado
Requisitos:
Petición de la Dirección del Centro, con conformidad de la familia, previo informe motivado del tutor e informe del EOEP.
Documentación:
Se deberán aportar los siguientes documentos:Solicitud de la dirección del Centro, evaluación psicopedagógica (dictamen) y acuerdo de los padres o representantes legales.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
17 de abril del 2008
Lugar presentación :
Registro Auxiliar de la Consejería de Educación, calle Vargas 53, 7ª 39010, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Innovación y Centros Educativos /Decreto por el que se modifica parcialmente la Estructura Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Dirección General de Innovación y Centros Educativos / Orden EDU/54/2007, de 22 de noviembre, por la que se establecen las condiciones para la evaluación y promoción en Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC de 30 de noviembre) y la Orden EDU/56/2007, de 28 de noviembre, por la que se establecen las condiciones para la evaluación, promoción y titulación en Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC de 7 de diciembre)
Plazo de resolución:
Tres meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Desestimatorios
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / un mes si la resolución es expresa y tres si no lo es / Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte.
Normativa:
Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria; Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Decreto 98/2005, de 18 de agosto, de ordenación de la atención a la diversidad en las enseñanzas escolares, la educación preescolar en Cantabria (BOC de 29 de agosto). Artículo 5.5 de la Orden EDU/54/2007, de 22 de noviembre, por la que se establecen las condiciones para la evaluación y promoción en Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC de 30 de noviembre) y artículo 9.12 de la Orden EDU/56/2007, de 28 de noviembre, por la que se establecen las condiciones para la evaluación, promoción y titulación en Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC de 7 de diciembre)
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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