ADMINISTRACIÓN REGIONAL

Noticia: El consejero de Presidencia y el alcalde de Laredo firman el convenio para establecer la ventanilla única en el municipio

Fecha de publicación: 14/03/2003

Jesús Bermejo ha invitado al resto de consistorios a seguir por el mismo camino para facilitar los trámites a todos los ciudadanos de Cantabria

14.03.2003

El consejero de Presidencia del Gobierno de Cantabria, Jesús Bermejo, y el alcalde de Laredo, Fernando Portero, han firmado esta mañana el convenio para el establecimiento de la ventanilla única en este municipio, lo que supone un evidente avance en la línea de facilitar las relaciones de los ciudadanos con el Gobierno de Cantabria, configurándose como un importante instrumento de la necesaria cooperación entre administraciones. Por ello, el titular de Presidencia ha invitado al resto de consistorios a seguir por el mismo camino para facilitar los trámites a todos los ciudadanos de Cantabria.

El objeto del convenio es permitir a los ciudadanos que presenten, en los Registros del Ayuntamiento de Laredo, solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y a las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de aquella.

La fecha de entrada en los Registros del Ayuntamiento de Laredo de las solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y a las Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de aquella, será válida a los efectos de cumplimiento de plazos por los interesados, siendo de aplicación lo dispuesto en 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El convenio fue aprobado por el Gobierno de Cantabria en su reunión de ayer jueves, 13 de marzo y supone, como hemos dicho, facilitar a los ciudadanos la realización de las gestiones dirigidas a la Administración regional.

En el caso de la Comunidad Autónoma de Cantabria nos encontramos ante una multitud de pequeños municipios con sus correspondientes consistorios, dispersos por nuestra geografía, que aparecen ante un amplio sector de nuestra población como el único poder público fácilmente accesible; de ahí la importancia de la formalización de este tipo de convenios, que consiguen materializar el principio de simplicidad, claridad y proximidad al ciudadano recogido como principio de organización en el artículo 42 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, así como el principio de coordinación, pilar fundamental para la colaboración entre Administraciones Públicas.

De lo expuesto se deduce que el objetivo de este proyecto no es otro que el de evitar toda una serie de molestias, gastos y desplazamientos para los ciudadanos a la hora de efectuar cualquier gestión o trámite ante la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Vigencia

El plazo de vigencia del presente Convenio es de cuatro años, contados desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial de Cantabria", plazo que será automáticamente prorrogado por otros cuatro años salvo denuncia expresa de alguna de las Administraciones intervinientes.

Normativa relacionada

La regularización de la presentación de los documentos ante los diferentes registros es establecida por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC) (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992), junto con la renovada ley de Gobierno (ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria).

Así, se establece que las solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno Convenio.

Anexos:

2726595