Detalle:

Certificación de asientos practicados en el inventario general del patrimonio cultural de Cantabria.

Consejería:

Consejería de Universidades Igualdad Cultura y Deporte

Dirección General:

D.G. de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica

Descripción:

Mediante este procedimiento el funcionario encargado del Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria, integrado por el Registro General de Bienes de Interés Cultural, el Catálogo General de los Bienes de Interés Local y por los bienes que, sin reunir los valores para ser declarados Bienes de Interés Cultural o Bienes de Interés Local, merecen ser conservados y se inscriben por ello en el citado Inventario General

Tipo de Inicio:

Interesado

Tipo procedimiento:

Registros y censos

Tipo de destinatario:

Ciudadanos, Empresas y Administración

Documentación:

Solicitud del interesado

Tasa/Precio público:

No

Plazo presentación:

Durante todo el año

Fecha:

16 de septiembre del 2020

Lugar presentación :

Oficina de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, situada en la calle Lealtad, n 24 (Edificio Matorras) de Santander, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Servicio de Patrimonio Cultural / Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998). Decreto 22/2001, de 12 de marzo, por el que se regula el Registro General de Bienes de Interés Cultural, el Catálogo General de Bienes de Interés Local y el Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria.

Órgano resuelve / Norma atributiva:

Persona titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica / Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998). Artículos 55 y 71 f) de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, artículo sexto del Decreto 43/2018, de 24 de mayo, art. 6 del Decreto 7/2019, de 8 de julio

Plazo de resolución:

3 Meses

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Positivo

Via administrativa:

No agota la vía administrativa.

Recursos:

Recurso de Alzada / Un mes si el acto administrativo fuera expreso. Si no es expreso, el recurso se puede interponer en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se producen los efectos del silencio administrativo (es decir, a partir del día siguiente a aquel en que finaliza el plazo de tres meses para dictar y notificar la resolución). / Persona titular de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte

Normativa:

LEY | Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre de 1998, de Patrimonio Cultural de Cantabria. Esta Ley ha sido modificada por las siguientes leyes:1. Ley de Cantabria 5/2001, de 19 de noviembre, de Museos de Cantabria, (BOC núm. 230, de 28 de noviembre de 2001).2. Ley de Cantabria 3/2002, de 28 de junio, de Archivos de Cantabria, (BOC núm. 131, de 9 de julio).3. Ley de Cantabria 10/2013, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOC Extraordinario núm 62, de 30 de diciembre).4. Ley de Cantabria 2/2017, de 24 de febrero, de Medidas Fiscales y Administrativas, (BOC Extraordinario núm. 2, de 28 de febrero de 2017).5. Ley de Cantabria 9/2017, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, (BOC extraordinario núm. 50, de 29 de diciembre).6. Ley de Cantabria 5/2019, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, (BOC Extraordinario núm. 76, de 30 de diciembre). // Decreto 22/2001, de 12 de marzo del Registro General de Bienes de Interés Cultural, del Catálogo General de Bienes de Interés Local, y del Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria // Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria // Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas // Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales // Reglamento (UE) 2016/679 , de 27 de abril, de General de Protección de Datos

Información al ciudadano:

Las certificaciones se referirán a datos obrantes en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, el Catálogo General de Bienes de Interés Local y el Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria, si bien con las limitaciones siguientes: será precisa autorización del titular del bien para la consulta de datos relativos a la situación jurídica y valor de los bienes inscritos y, en el caso, de los bienes muebles, su localización. Igualmente el acceso a documentos que contengan datos referentes a la intimidad de las personas está reservado a éstas. En caso de resultar procedente la emisión de la certificación se procederá a su expedición. En caso de considerar improcedente su emisión se dictará resolución denegatoria contra la que cabrá el correspondiente recurso administrativo

Anexos:

9927314