Comunicación de cese de actividad de una vivienda de uso turistico.
Consejería:
Consejería de Educación Formación Profesional y Turismo
Dirección General:
Dirección General Turismo
Descripción:
Comunicar a la Consejería competente en materia de turismo el cese definitivo en la actividad de una vivienda de uso turistico, mediante la presentación de la declaración responsable prevista en el artículo 6 del Decreto 225/2019, de 28 de noviembre.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Tipo de destinatario:
Ciudadanos
Documentación:
Comunicar por escrito ante la Dirección competente en materia de turismo cualquier modificación que afecte a los datos o manifestaciones presentados al inicio de la actividad, en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a que se produzca esa modificación, mediante modelo normalizado conforme Anexo III.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
La comunicación deberá presentarse en el plazo máximo de quince días, desde el cese en la actividad de la vivienda de uso turístico
Fecha:
26 de marzo del 2020
Lugar presentación :
Registro Delegado de la Dirección General de Turismo (C/ Albert Einstein, nº4, planta 1, 39011, Santander), o en cualquier otro de los lugares previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 134 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de actividades Turísticas. / Ley 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria. Decreto 225/2019, de 28 de noviembre, por el que se regulan las viviendas de uso turístico en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Turismo / Decreto 225/2019, de 28 de noviembre. por el que se regulan las viviendas de uso turístico en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 236 de 10 de diciembre)
Plazo de resolución:
Según normativa aplicable
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Según normativa aplicable
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Normativa:
Ley 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria ( BOC Extraordinario nº 3, de 26 de marzo de 1999) // Decreto 225/2019, de 28 de noviembre, por el que se regulan las viviendas de uso turístico en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania
Anexos:
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ANEXO III DEL DECRETO 225-2019 DECLARACION RESPONSABLE CESE -MODIFICACION 22-11-2019
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