Orden CUL/2/2010
Descripción:
Orden CUL/2/2010, de 10 de marzo de 2010, por la que se regula la oferta del año 2010 para la realización de cursos de vela ligera en la Escuela Cántabra de Deportes Náuticos Isla de la Torre .
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 53
Fecha BOC: 18/03/2010
Enlace BOC
Escuchar con ReadSpeaker
Plazo presentación:
Abierto hasta que se cubran las plazas disponibles.
Fecha inicio plazo presentación:
19/03/2010
Beneficiarios:
Los alumnos de los cursos objeto de la presente Orden deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Saber nadar. b) Tener una edad mínima de 8 años en el momento del inicio del curso solicitado. c) Llevar consigo sus documentos médicos, tarjeta sanitaria del Servicio Cántabro de Salud, o similar, durante el desarrollo de los cursos.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes reguladas en esta Orden deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación: A) Cursos de solicitud individual: - Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor del solicitante o, en caso de ser menor de edad, del D.N.I. del padre, madre o tutor del alumno - En su caso, tarjeta acreditativa de la condición de familia numerosa y/o de discapacitado. B) Campaña Escolar y Bautismos: - Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor del profesor responsable del grupo. - Listado de alumnos, con nombre, apellidos y fecha de nacimiento.
Anexos:
-
Solicitud Semana Santa individual.
Escuchar con ReadSpeaker
-
Solicitud vela ligera para grupos.
Escuchar con ReadSpeaker
-
Solicitud "Bautismo de mar" para grupos.
Escuchar con ReadSpeaker
-
Solicitud vela ligera individual.
Escuchar con ReadSpeaker
Lugar presentación :
En el Registro Auxiliar de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Pasaje de Peña, nº 2-1ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Si, en uso de este derecho el expediente es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.
Órgano tramitador:
Pasaje de Peña, 2 - 1º - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 74 10

