Subvencion:
Orden MED/3/2006
Descripción:
Orden MED/3/2006, de 24 de febrero, por la que se regula la convocatoria y régimen jurídico de concesión de subvenciones para la restauración y mejora de humedales en el entorno de la Bahía de Santander por entidades sin ánimo de lucro.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 48
Fecha BOC: 09/03/2006
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Fecha inicio plazo presentación:
10/03/2006
Fecha finalización plazo presentación:
09/05/2006
Beneficiarios:
Podrán acogerse a estas ayudas las Entidades sin Ánimo de Lucro que, sin perjuicio de lo establecido por el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cumplan los requisitos:
1.- Estar legalmente constituidas como Entidad sin ánimo de lucro e inscritas en el correspondiente registro, en el momento de presentar la solicitud.
2.- Tener entre sus objetivos fundacionales la conservación de la naturaleza y/o la promoción del medio ambiente.
3.-Disponer de la estructura y capacidad suficientes para el cumplimiento de los objetivos, en relación a la actuación propuesta.
4.-Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
5.- Presentar un proyecto viable técnicamente.
Documentación a adjuntar:
Documentación a aportar por los solicitantes.
a) Instancia debidamente cumplimentada, fechada y firmada. (Anexo I).
b) Anteproyecto de la obra a ejecutar, elaborado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.
c) Certificación expedida por el Secretario de la Entidad Local en cuyo ámbito se vayan a realizar las actuaciones, comprensiva de la resolución adoptada por el órgano local competente, acreditativa del conocimiento de las actuaciones para las que se solicita la subvención, con aprobación, en su caso, de la realización de las mismas.
d) Acreditación de haber solicitado ante los organismos correspondientes y/o particulares, en su caso, las autorizaciones precisas para la realización de la actuación propuesta.
e) Compromiso de Ejecución del Programa de monitoreo, seguimiento y mantenimiento de las actuaciones (Anexo IV).
f) Certificación del registro correspondiente, a los efectos de acreditar el requisito previsto en el apartado primero del artículo 4.
g) Copia compulsada de los estatutos de la Entidad sin ánimo de lucro, a los efectos de acreditar el requisito previsto en el apartado segundo del artículo 4.
h) Declaración responsable del Presidente de la Entidad sin ánimo de lucro, que garantice que dispone de la estructura y capacidad suficientes para el cumplimiento de los objetivos, en relación con la actuación propuesta, a los efectos de acreditar el requisito previsto en el apartado tercero del artículo 4.
i) Acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, expedidas por la Autoridad competente. En el caso de que la citada acreditación no acompañara a la solicitud, la presentación de ésta conllevará la autorización a la Consejería de Medio Ambiente para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería de la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que igualmente conllevará la autorización para recabar el certificado de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con el Gobierno de Cantabria, a los efectos de acreditar el requisito previsto en el apartado cuarto del artículo 4.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro de la Consejería de Medio Ambiente, calle Lealtad 24, 39002 de Santander, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
Dirección:
SECRET.GRAL. DE EMPLEO Y POLITICAS SOCIALES
C/ Lealtad, 24 - 39002 SantanderTeléfono: 942 20 23 67

