Subvencion:

Orden CUL/30/2006

Descripción:

Orden CUL/30/2006, de 5 de abril por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones a artistas plásticos para la promoción de las Artes Plásticas de Cantabria fuera de la Comunidad Autónoma.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 72

Fecha BOC: 12/04/2006

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Fecha inicio plazo presentación:

15/04/2006

Fecha finalización plazo presentación:

03/05/2006

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones todos los artistas plásticos españoles residentes en Cantabria, que no hayan cumplido los 30 años en la fecha de la convocatoria, y que no hagan de las artes plásticas su profesión.

Documentación a adjuntar:

La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación: a) Memoria explicativa y presupuesto de las actividades para las que se solicita la subvención, las cuales deben encuadrarse en el objeto y finalidad definido en el artículo primero de esta Orden. b) Dossier que acredite poseer una trayectoria artística suficientemente contrastada, mediante la aportación de curriculum, fotografías de sus obras (en torno a 10) y, en su caso, artículos de prensa. c) D.N.I. en vigor del solicitante. d) Certificado de empadronamiento en un municipio de la Comunidad Autónoma de Cantabria. e) Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y al Gobierno de Cantabria, y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que no se aporte dicha documentación, la presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Cultura para recabar los certificados de las entidades competentes, salvo manifestación expresa en sentido contrario por parte del solicitante.

Anexos:

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Lugar presentación :

En el Registro de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Pasaje de Peña, nº 2-1ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Si, en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.

Órgano tramitador:

Dirección:

Pasaje de Peña, 2 - 39008 Santander

Teléfono: 942 20 74 20