Subvencion:

Orden CUL/20/2010

Descripción:

Orden CUL/20/2010, de 15 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la Convocatoria de Ayudas a Deportistas Cántabros para la Promoción del Deporte de Alto Nivel.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 77

Fecha BOC: 23/04/2010

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Fecha inicio plazo presentación:

24/04/2010

Fecha finalización plazo presentación:

12/05/2010

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los deportistas que cumplan los siguientes requisitos: - Tener entre 16 y 35 años. - Disponer de licencia deportiva en vigor expedida por la Federación cántabra o española, en el caso de que no exista federación cántabra, correspondiente. - Haber participado, en alguna de las dos últimas temporadas, en Juegos Olímpicos, Campeonatos del Mundo, Campeonatos de Europa, Campeonatos de España y Campeonatos Autonómicos de Cantabria, exigiéndose en estos dos últimos casos la obtención de medalla, o estar entre los tres primeros clasificados, a nivel nacional o autonómico, en el ranking oficial correspondiente. Excepcionalmente, y por razones de interés deportivo debidamente justificadas, se podrán considerar las solicitudes de aquellos deportistas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación: a) Proyecto deportivo para el que se solicita la ayuda, que incluirá una declaración jurada sobre la obtención o solicitud de otras ayudas y la cuantía de las mismas. b) Historial deportivo referido a las dos últimas temporadas, indicando los puestos logrados exclusivamente en Juegos Olímpicos, Campeonatos del Mundo, de Europa, de España o de Cantabria; e inclusión en el programa preolímpico o selección española correspondiente, con indicación del número de veces seleccionado en los dos últimas temporadas (anexo II). c) Fotocopia de la licencia federativa en vigor del solicitante, expedida por la Federación cántabra o española, en el caso de que no exista federación cántabra, correspondiente. d) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor del solicitante. e) Fotocopia de la libreta, recibo o documento bancario en el que consten los siguientes datos del beneficiario: Nombre y apellidos, Número de Identificación Fiscal y número de cuenta corriente en la que habrá de ingresarse la subvención que, en su caso, se conceda a nombre de la persona solicitante de la subvención. f) Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y al Gobierno de Cantabria, y frente a la Seguridad Social. La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Deporte para recabar los certificados de las entidades competentes, salvo manifestación expresa en sentido contrario por parte del solicitante. La Dirección General de Deporte, competente por razón de la materia para instruir el expediente, podrá recabar en cualquier momento la documentación complementaria que considere necesaria para acreditar mejor el exacto cumplimiento de las condiciones exigidas en estas bases reguladoras. La documentación referida deberá ser original o copia debidamente autentificada, excepto en los casos indicados de solicitud de fotocopias.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Pasaje de Peña, nº 2-1ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Si en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1.829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la Prestación de los Servicios Postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.

Órgano tramitador:

Dirección:

Pasaje de Peña, 2 -- 1º - 39008 Santander

Teléfono: 942 20 74 10

Enlaces: