Subvencion:

Orden CUL/33/2006

Descripción:

Orden CUL/33/2006, de 5 de abril por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones para la creación de una red de talleres ocupacionales de carácter Artístico-Culturales, durante el ejercicio 2006.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 72

Fecha BOC: 12/04/2006

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Fecha inicio plazo presentación:

15/04/2006

Fecha finalización plazo presentación:

03/05/2006

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de esta subvención únicamente las Empresas (empresarios individuales o entidades mercantiles) que estén especializadas en la realización de Talleres Artístico-Culturales. En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiario quienes se hallaren en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 13 apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes de ayudas reguladas en esta Orden deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación: a. Proyecto de la Red de Talleres para el año 2006, con indicación de los Ayuntamientos en los que se impartirán, que serán por lo menos 20, y que contendrá un mínimo de 25 Talleres de 50 horas de duración cada uno. b. Memoria en la que se relacionen los trabajos realizados por la Empresa en las actividades propias de Talleres ocupacionales de carácter artístico-cultural. c. Curriculum Vitae de la persona responsable de todos y cada uno de los Talleres propuestos. d. Copia del CIF de la Empresa, junto con el original para su cotejo. e. Presupuesto económico de la actividad a realizar. f. Certificado expedido por cada uno de los Ayuntamientos que corrobore el Taller programado, que podrá ser sustituido por la solicitud formulada a tal efecto por la Empresa, con el compromiso de presentar dichas certificaciones en cuanto disponga de ellas y, en todo caso, antes de la formulación de la propuesta de resolución. g. Declaración responsable de no mantener deudas con el Gobierno de Cantabria. h. Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y al Gobierno de Cantabria, y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que no se aporte dicha documentación, la presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Cultura para recabar los certificados de las entidades competentes, salvo manifestación expresa en sentido contrario por parte del solicitante La Dirección General de Cultura, competente por razón de la materia para instruir el expediente, podrá recabar en cualquier momento la documentación complementaria que considere necesaria para acreditar mejor el exacto cumplimiento de las condiciones exigidas en estas bases reguladoras. Toda la documentación deberá ser original o copia debidamente autentificada.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Pasaje de Peña, nº 2-1ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Si, en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.

Órgano tramitador:

Dirección:

C/ Pasaje de Peña 2 - 39008 Santander

Teléfono: 942 20 74 20