Subvencion:

Orden CUL/29/2006

Descripción:

Orden CUL/29/2006, de 5 de abril por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones a agrupaciones corales y folclóricas.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 72

Fecha BOC: 12/04/2006

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Fecha inicio plazo presentación:

15/04/2006

Fecha finalización plazo presentación:

03/05/2006

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las agrupaciones corales y folclóricas legalmente constituidas como tales y domiciliadas en Cantabria, con una antigüedad como mínimo de UN AÑO desde su fundación o desde la reanudación de sus actividades, y que lleven a cabo un mínimo de OCHO actuaciones anuales.

Documentación a adjuntar:

La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación: a) Presupuesto: referido a la adquisición para la que se solicita subvención, y haciéndose constar la aportación económica realizada por la agrupación. b) Proyecto/Memoria de actividades: firmada por el presidente de la agrupación y conformada por la federación respectiva. c) "Currículum" de la entidad solicitante, en el que figurarán las actividades realizadas. d) Declaración de otras subvenciones y ayudas: deberá hacerse una declaración en la que conste si la agrupación ha solicitado subvenciones o ayudas a otras entidades públicas o privadas para las mismas adquisiciones, especificándose, en caso positivo, las cuantías pedidas y las que han sido ya concedidas. e) Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y al Gobierno de Cantabria, y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que no se aporte dicha documentación, la presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Cultura para recabar los certificados de las entidades competentes, salvo manifestación expresa en sentido contrario por parte del solicitante. Únicamente para el caso de que sea la primera vez que se solicita la subvención o hayan cambiado los datos referentes al año anterior, deberá presentarse asimismo: f) C.I.F. de la entidad solicitante y DNI en vigor de su representante. g) Estatutos de la entidad solicitante, con la diligencia de registro correspondiente.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Pasaje de Peña, nº 2-1ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Si, en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.

Órgano tramitador:

Dirección:

Pasaje de Peña, 2 - 39008 Santander

Teléfono: 942 20 74 20

Enlaces: