Subvencion:

Orden CUL/12/2006

Descripción:

Orden CUL/12/2006, de 10 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones para la práctica deportiva con destino a personas con minusvalías y asociaciones de minusválidos.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 56

Fecha BOC: 21/03/2006

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Fecha inicio plazo presentación:

22/03/2006

Fecha finalización plazo presentación:

07/04/2006

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones: 1) Los Clubes Deportivos de la Comunidad Autónoma de Cantabria y aquellas otras Asociaciones de ámbito nacional integradas en las correspondientes Federaciones de Minusválidos que desarrollen sus actividades en nuestra Comunidad Autónoma. 2) Los Clubes integrados en las Federaciones de Minusválidos de Cantabria. 3) Las personas físicas con minusvalía que realicen actividades deportivas de carácter competitivo.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes de ayudas reguladas en esta Orden deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación: a) Datos del solicitante y breve memoria del proyecto general a realizar dentro del cual se deberá especificar de forma más detallada, clara y precisa la/s actividad/es para la/s cual/es se solicita la subvención dentro del total de la actividad, consignando el desglose de gastos e ingresos por actividad para la que se solicita la subvención -forma de financiación de dicha actividad, fondos propios y/o ajenos con los que se va a financiar la ejecución de la misma y cuantía de cada una de dichas aportaciones, incluida la cuantía de la subvención solicitada al amparo de la presente convocatoria-, los objetivos a conseguir con la misma, calendario de ejecución ajustado al año natural, y, en caso de ser necesarios desplazamientos, especificación de los mismos, medios materiales y humanos para su ejecución así como cualquier otro documento que se considere conveniente. b) Fundamentación de la contribución a la integración social que la actividad/es para la/s cual/es se solicita la subvención implica para el solicitante e interés deportivo del proyecto o actividad indicada. c) Número aproximado de participantes o posibles beneficiarios en las actividades previstas por las que se solicita la subvención. d) Informe de la Federación Cántabra para Minusválidos correspondiente cuando la solicitud se presente por clubes o deportistas federados. e) Cuantía solicitada. f) Documento identificativo en vigor del solicitante en caso de tratarse de una persona física (N.I.F./C.I.F. o equivalente) y del representante legal en caso de tratarse de una Entidad junto con el C.I.F. de la misma. g) Ficha de terceros debidamente diligenciada por la entidad bancaria y firmada por el peticionario o el representante de la entidad peticionaria (Anexo III), si no constaren en la Consejería sus datos bancarios o se hubieran modificado. h) Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y al Gobierno de Cantabria, y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que no se aporte dicha documentación, la presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Deporte para recabar los certificados de las entidades competentes, salvo manifestación expresa en sentido contrario por parte del solicitante.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Pasaje de Peña, nº 2-1ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Si, en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1.829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.

Órgano tramitador:

Dirección:

C/ Pasaje de Peña, 2 - 39008 Santander

Teléfono: 942 20 74 10

Enlaces: