Subvencion:
Orden DES/41/2010
Descripción:
Orden DES/41/2010, de 22 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2010, las ayudas para la renovación del parque nacional de tractores y para el fomento de la utilización de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 126
Fecha BOC: 01/07/2010
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Fecha inicio plazo presentación:
02/07/2010
Fecha finalización plazo presentación:
02/08/2010
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas a la renovación del parque nacional de tractores y máquinas automotrices agrícolas y determinadas máquinas arrastradas los titulares de explotaciones agrarias, las personas físicas o jurídicas cuya actividad principal sea la prestación de servicios agrarios, siempre que estén inscritas en los correspondientes registros o censos oficiales y las cooperativas agrarias, las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra, las cooperativas de trabajo asociado cuya actividad principal sea la agraria y las sociedades agrarias de transformación (SAT), inscritas en los correspondientes registros oficiales, que achatarren tractores o máquinas automotrices antiguas y las sustituyan indistintamente por nuevos tractores o nuevas máquinas. Junto con los tractores y máquinas automotrices antiguas, podrán achatarrarse uno o más equipos de tratamiento fitosanitario o de distribución de fertilizantes, inscritos en el ROMA a nombre del solicitante de la ayuda, acoplables a dicho tractor. También se podrán destinar estas ayudas procedentes del achatarramiento de tractores, máquinas automotrices y otras máquinas a la adquisición de las siguientes máquinas arrastradas o suspendidas: a) Sembradoras directas. b) Cisternas para purines y esparcidores de fertilizantes sólidos equipados, en ambos casos, con dispositivos de localización. c) Abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios que posibiliten una correcta distribución, mediante acreditación de una estación de ensayos específica para estos tipos de máquinas. Podrán ser beneficiarios de las ayudas para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios las siguientes entidades asociativas radicadas en Cantabria: a) Las sociedades cooperativas del ámbito agrario y sus agrupaciones o uniones, y las sociedades agrarias de transformación. b) Las agrupaciones de sanidad vegetal (ASV) y las agrupaciones de defensa sanitaria (ADS), solamente para maquinaria y equipos propios de sus actividades específicas, siempre que coincidan con los objetivos expresados en el artículo primero de la Orden. c) Otras agrupaciones agrarias sin personalidad jurídica propia basadas en un pacto contractual suscrito por un mínimo de siete titulares de explotaciones agrarias, en el que se establezcan unas normas de funcionamiento y de utilización de las máquinas o equipos auxiliados. En casos excepcionales debidamente justificados por las características del equipo a subvencionar, que principalmente tendrán relación con la dispersión de las explotaciones, este número mínimo podrá reducirse hasta tres.
Documentación a adjuntar:
Véase anexo IV de la Orden.
Anexos:
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Documentación.
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- Anexos.
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Solicitud renovación parque de tractores y maquinaria agrícola.
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Solicitud adquisición de maquinaria de innovación tecnológica.
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Lugar presentación :
En el Registro de la Consejería, en los de sus Oficinas Comarcales, o mediante alguno de los cauces previstos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
Dirección:
DIREC. GENERAL DE DESARROLLO RURAL
C/Albert Einstein 2 - 39011 SantanderTeléfono: 942 20 78 39

