Subvencion:
Orden CUL/9/2006
Descripción:
Orden CUL/9/2006, de 10 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones para deportes autóctonos remo y bolos.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 56
Fecha BOC: 21/03/2006
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Fecha inicio plazo presentación:
22/03/2006
Fecha finalización plazo presentación:
07/04/2006
Beneficiarios:
1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:
a) Las Federaciones Deportivas de la Comunidad Autónoma de Cantabria inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de deportes autóctonos: Remo y Bolos.
b) Las Clubes Deportivos inscritos en el Registro de Entidades Deportivas, adscritos o no a las Federaciones Deportivas de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que promuevan actividades dirigidas a la práctica de deportes autóctonos.
2. Quedan expresamente excluidos de la presente convocatoria los clubes participantes en la liga de la Asociación de Clubes de Traineras (liga ACT).
3. En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiario quienes se hallaren en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes de ayudas reguladas en esta Orden deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación:
a) Proyecto para el que se solicita la subvención, que incluirá:
- Datos del solicitante y del proyecto.
- Programa o memoria detallada de actividades que se pretenden llevar a efecto.
- Número previsto de usuarios o participantes.
- Presupuesto de ingresos y gastos.
- Subvención exacta que se solicita.
- Forma de financiación: Fondos propios o ajenos con los que se pretende financiar.
b) Documento identificativo en vigor del solicitante y, en su caso, de su representante legal (N.I.F./C.I.F. o equivalente).
c) Ficha de terceros debidamente diligenciada por la entidad bancaria y firmada por el peticionario o el representante de la entidad peticionaria (Anexo III), si no constaren en la Consejería sus datos bancarios o se hubieran modificado.
d) Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y al Gobierno de Cantabria, y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que no se aporte dicha documentación, la presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Deporte para recabar los certificados de las entidades competentes, salvo manifestación expresa en sentido contrario por parte del solicitante.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Pasaje de Peña, nº 2-1ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si, en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.
Órgano tramitador:
Dirección: C/ Pasaje de Peña 2 -39008 Santander
Teléfono: 942 20 74 10

