Subvencion:
Orden CUL/18/2010
Descripción:
Orden CUL/18/2010, de 15 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la Convocatoria de Subvenciones para Acontecimientos Deportivos de Carácter Nacional e Internacional.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 77
Fecha BOC: 23/04/2010
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Fecha inicio plazo presentación:
24/04/2010
Fecha finalización plazo presentación:
12/05/2010
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:
a) Las Federaciones Deportivas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) Los Clubes Deportivos de la Comunidad Autónoma de Cantabria inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de Cantabria.
c) Las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación:
a) Proyecto del acontecimiento deportivo a desarrollar que incluirá, como mínimo la siguiente información:
-Datos de la entidad solicitante, de su representante legal, y denominación del proyecto.
-Planteamiento y desarrollo del proyecto para el cual se solicita la subvención, especificando: acciones a realizar, calendario de ejecución ajustado al año natural y, en caso de ser necesarios desplazamientos, especificación de los mismos; medios materiales y humanos para la ejecución del proyecto y forma de financiación del mismo; repercusión social y deportiva del evento, así como cualquier otra información que se considere conveniente.
b) Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal en vigor de la entidad solicitante (C.I.F.).
c) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor del representante legal de la entidad solicitante (D.N.I. o equivalente del Presidente o Alcalde).
d) Fotocopia de la libreta, recibo o documento bancario en el que consten los siguientes datos del beneficiario: Razón Social, Número de Identificación Fiscal y número de cuenta corriente en la que habrá de ingresarse la subvención que, en su caso, se conceda a nombre de la entidad solicitante (federación, club deportivo o entidad local).
e) Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y al Gobierno de Cantabria, y frente a la Seguridad Social. La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Deporte para recabar los certificados de las entidades competentes, salvo manifestación expresa en sentido contrario por parte del solicitante.
Las Entidades Locales que no autoricen a la Dirección General de Deporte para recabar los certificados acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deberán presentar dichos certificados, o bien declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social suscrita por el Interventor o Secretario-Interventor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo único de la Orden HAC/15/2006, de 11 de agosto.
La Dirección General de Deporte, competente por razón de la materia para instruir el expediente, podrá recabar en cualquier momento la documentación complementaria que considere necesaria para acreditar mejor el exacto cumplimiento de las condiciones exigidas en estas bases reguladoras.
La documentación referida deberá ser original o copia debidamente autentificada, excepto en los casos indicados de solicitud de fotocopias.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Pasaje de Peña, nº 2-1ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1.829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la Prestación de los Servicios Postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.
Órgano tramitador:
Dirección: Pasaje de Peña, 2-1ª planta - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 74 10

