Autorización de pruebas sustitutorias a realizar en inspección periódica de equipos a presión.
Consejería:
Consejería de Innovación Industria Transporte y Comercio
Dirección General:
Dirección General de Industria Energía y Minas
Descripción:
De acuerdo con el artículo 12 del REGLAMENTO DE EQUIPOS A PRESIÓN, en casos excepcionales y debidamente motivados, podrán autorizarse por el órgano competente de la comunidad autónoma en materia industria condiciones particulares especiales, para la realización de las inspecciones periódicas a las que están obligados los equipos de presión (sujetos al citado reglamento).
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Requisitos:
En casos excepcionales y debidamente motivados, a solicitud del titular, el órgano competente de la comunidad autónoma podrá autorizar condiciones particulares especiales, diferentes a las indicadas en el REGLAMENTO DE EQUIPOS A PRESIÓN o en sus ITC, siempre que garanticen un nivel de seguridad equivalente.
Documentación:
La solicitud deberá acompañarse de un informe favorable de un organismo de control autorizado, pudiendo requerirse aquellos informes y documentos complementarios que se estimen convenientes.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
21 de enero del 2019
Lugar presentación :
Registro de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo, calle Albert Einstein nº 2, Edificio Apia, 39011, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Inspección y Seguridad. / Decreto 58/2007, de 17 de mayo, de modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico (BOC de 31 de mayo).
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Industria, Comercio y Consumo. / Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de trabajo e industria (BOC de 3 de octubre).
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Positivo
Via administrativa:
Agota la vía administrativa
Recursos:
Recurso de alzada. / 1 mes si la resolución es expresa y en cualquier momento si no lo es. / Consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.
Normativa:
Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. // Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania.
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