Detalle:

Bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de personas con discapacidad

Consejería:

Consejería de Empleo y Políticas Sociales

Dirección General:

Servicio Cántabro de Empleo

Descripción:

Fomento del empleo de personas con discapacidad.

Tipo de Inicio:

Interesado

Tipo procedimiento:

Bases de ayudas, becas y subvenciones

Tipo de destinatario:

Empresas

Documentación:

Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación: Bloque A. Documentación relativa a la persona trabajadora objeto de subvención: 1.º Por la contratación inicial indefinida: Documento A1: Oferta de empleo realizada a través de la oficina de empleo mediante la cual se efectuó la contratación de la persona trabajadora desde la situación de desempleo. Documento A2: Contrato de trabajo comunicado a la oficina de empleo correspondiente, en modelo oficial. Documento A3: Informe de vida laboral de la persona trabajadora contratada o autorización firmada por ésta para su consulta por el Servicio Cántabro de Empleo. Documento A4: Para acreditar la condición de persona con discapacidad, cualquiera de los documentos recogidos en el artículo 7 del decreto. 2.º Por la transformación de contratos temporales de fomento del empleo para personas con discapacidad en indefinidos, además de los mencionados en el apartado anterior: contrato de trabajo temporal previo al indefinido en que se transforma. En este supuesto, la oferta de empleo realizada a través de la oficina de empleo será la tramitada con ocasión de la celebración del contrato de trabajo temporal. Bloque B. Documentación específica de la empresa o entidad solicitante: Documento B1: Acreditación de la representación a favor de la persona firmante, en caso de actuar mediante representante. Documento B2: Descripción detallada del puesto de trabajo, sus características técnicas, así como de la capacidad que debe tener la persona trabajadora para cubrir dicho puesto, firmada por la o el representante de la solicitante. Este documento se ajustará en cuanto a su contenido, al modelo aprobado por el Servicio Cántabro de Empleo. Documento B3: Declaración sobre otras ayudas: En el supuesto caso de haber percibido otras ayudas para igual finalidad o ayudas de minimis para igual o distinta finalidad, declaración responsable comprensiva de los siguientes aspectos: ¿ Obtención de cualquier otra ayuda de minimis recibida durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en que se presenta la solicitud. ¿ Identificación de las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y/u obtenidos para la misma finalidad, excepto aquellas ayudas que consistan en reducciones o bonificaciones a las cotizaciones a la Seguridad Social, que no será necesario declarar. Cada solicitante deberá, asimismo, comunicar por escrito la concesión o nueva solicitud de subvenciones, ayudas ingresos o recursos o las nuevas situaciones que puedan producirse durante la fase de instrucción. En ambos casos se indicará si están acogidas al régimen de minimis. Bloque C. Documentación adicional a presentar cuando se solicite la subvención por la adaptación a puestos de trabajo: Documento C1: Factura del gasto ocasionado por la adaptación y acreditación del pago de la misma. Bloque D. Documentación relativa a la persona trabajadora, a presentar junto a solicitudes de ayudas por la contratación de personas trabajadoras procedentes de enclaves laborales: Documento D1: Contrato de trabajo comunicado a la oficina de empleo correspondiente, en modelo oficial. Documento D2: Informe de vida laboral de la persona trabajadora contratada o autorización firmada por ésta para su consulta por el Servicio Cántabro de Empleo. Documento D3: Para acreditar la condición de persona con discapacidad, cualquiera de los documentos recogidos en el artículo decreto.

Tasa/Precio público:

No

Plazo presentación:

- Subvenciones a la contratación indefinida y transformación: el plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la fecha de inicio del contrato o desde su transformación en contrato indefinido. En el caso de contrataciones iniciadas o transformaciones que hayan tenido lugar antes de la publicación del presente Decreto, el citado plazo será de un mes desde la publicación. - Subvenciones para la adaptación al puesto de trabajo de trabajadores discapacitados: la solicitud se deberá presentar junto con la solicitud de subvención para la contratación indefinida o transformación. Deberá presentarse una factura de la adaptación realizada en el plazo máximo de un mes desde la realización del contrato indefinido o transformación.

Fecha:

29 de agosto del 2019

Lugar presentación :

presentándose en el Registro de la Red de Oficinas de empleo (sitas en Santander, Maliaño, Torrelavega, Colindres, Castro Urdiales, San Vicente y Reinosa) o, en el Registro del Servicio Cántabro de Empleo, sito en Paseo General Dávila, 87, 2ª planta, 39006, Santander, o bien en las demás formas a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Servicio de Promoción de Empleo del Servicio Cántabro de Empleo. / Decreto 33/2008, de 3 de abril, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas al fomento del empleo de las personas con discapacidad, modificado por Decreto 51/2014, de 18 de septiembre

Órgano resuelve / Norma atributiva:

Dirección del Servicio Cántabro de Empleo. / Decreto 33/2008, de 3 de abril, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas al fomento del empleo de las personas con discapacidad, modificado por Decreto 51/2014, de 18 de septiembre

Plazo de resolución:

3 Meses

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Negativo

Via administrativa:

No agota la vía administrativa.

Recursos:

De Alzada. / Un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación. / Consejero de Economía, Hacienda y Empleo.

Normativa:

Decreto 51/2014, de 18 de septiembre, por el que se modifi can el Decreto 33/2008, de 3 de abril, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas al fomento del empleo de las personas con discapacidad, y el Decreto 34/2008, de 3 de abril, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones consistentes en el abono de cuotas de la Seguridad Social a los trabajadores que tengan reconocida la prestación por desempleo en su modalidad de pago único. // Decreto 33/2008, de 3 de abril, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas al fomento del empleo de las personas con discapacidad, modificado por Decreto 51/2014, de 18 de septiembre // REGLAMENTO (UE) No 1304/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1081/2006 del Consejo. // Reglamento (UE) n ° 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 , por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n ° 1083/2006 del Consejo

Información al ciudadano:

Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania

Anexos:

7062929