Detalle:

Liquidación de subvenciones de incentivos regionales.

Consejería:

Consejería de Innovación Industria Transporte y Comercio

Dirección General:

Dirección General de Industria Energía y Minas

Descripción:

Procedimiento para la resolución de la solicitud de liquidación, total o parcial, de la subvención de incentivos regionales

Tipo de Inicio:

Interesado

Tipo procedimiento:

Bases de ayudas, becas y subvenciones

Tipo de destinatario:

Empresas

Impresos:

Los impresos se facilitarán a los interesados por correo electrónico. Para solicitarlos se deberán poner en contacto telefónico con el Servicio de Fomento.

Requisitos:

Presentar la documentación correspondiente debidamente cumplimentada

Documentación:

- Escrito solicitando el informe sobre el cumplimiento de condiciones y relacionando la documentación aportada. - Fotocopia compulsada del N.I.F. de la empresa. - Autorización hacienda, seguridad social y vida laboral. - Declaración de que el proyecto de inversión objeto de la concesión "se ejecutó conforme a lo previsto y de que la empresa desarrolla su actividad normalmente". - Declaración formal sobre otras ayudas oficiales obtenidas o que estén aún en trámite, acompañada de los documentos justificativos de su concesión. - Declaración responsable de no haber estado incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el art. 15 del Real Decreto 899/2007. - Declaración responsable de estar al corriente en el reintegro de subvenciones. - Estado demostrativo de la creación y mantenimiento de puestos de trabajo. - Balance de situación y la cuenta de pérdidas y ganancias, referido al fin del plazo de vigencia. - Inventario de los bienes objeto de la subvención referido a la fecha del fin del plazo de vigencia. - Calendario de la realización de las inversiones de acuerdo con las fechas de pago. - Fotocopias compulsadas de la certificación final de obra y, en su caso, declaración de obra nueva, que acredite la finalización de las obras dentro del plazo de vigencia, así como de las licencias correspondientes. - Acreditación de la inscripción en los correspondientes registros (de establecimientos industriales, de establecimientos hoteleros y de industrias agrarias y agroalimentarias). - Fotocopia compulsada de la solicitud, a la Caja Pagadora de la Delegación de Hacienda donde radique su domicilio social, de designación de cuenta bancaria. - Relación y colección de los justificantes acreditativos de las inversiones realizadas o informe de auditor. - Prueba documental fotográfica de la placa permanente y/o del cartel temporal colocados, así como acreditación de la publicación en su página de Internet para el cumplimiento de las obligaciones de información y comunicación

Tasa/Precio público:

No

Plazo presentación:

Abierto todo el año

Fecha:

27 de junio del 2019

Órgano instructor / Norma atributiva:

Servicio de Fomento / Decreto 11/2019, de 21 de febrero, por el que se establece la Estructura Orgánica y se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio (B.O.C. nº 42 de 28/02/2019)

Órgano resuelve / Norma atributiva:

Dirección General de Fondos Europeos del Ministerio de Hacienda / Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de incentivos regionales para la corrección de desequilibrios económicos interterritoriales. (B.O.E. nº 3 de 03/01/1986)

Plazo de resolución:

6 Meses

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Negativo

Via administrativa:

No agota la vía administrativa.

Recursos:

Recurso de Alzada / Un mes / Ministro de Hacienda

Normativa:

Ley 14/2000, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (Disposición Adicional 29ª) (B.O.E. Nº 313 de 30/12/2000) // Real Decreto 899/2007, por el que se aprueba el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre (B.O.E. Nº 172 de 19/07/2007) // Decreto 35/97, por el que se regula la Comisión Regional de Incentivos (B.O.C. Nº 98 de 16/05/1997) // Orden EHA/2874/2009, por la que se aprueban normas complementarias para la tramitación y gestión de los incentivos regionales previstos en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre (B.O.E. Nº 261 de 29/10/2009) // Real Decreto 307/2015, por el que se modifica el Real Decreto 164/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de la Comunidad Autónoma de Cantabria (B.O.E. Nº 102 de 29/04/2015) // Orden HAP/2444/2013, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos por el que se prorroga el plazo de vigencia de los reales decretos de delimitación de las zonas de promoción económica de la Comunidad Autónoma de Galicia, Andalucía, Principado de Asturias, Comunidad Autónoma de Cantabria, Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Comunitat Valenciana, Aragón, Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, Canarias, Comunidad Autónoma de Extremadura, Comunidad de Castilla y León, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, a los efectos de solicitar las ayudas de incentivos regionales (B.O.E. Nº 312 de 30/12/2013) // Ley 50/1985, de Incentivos Regionales para la corrección de desequilibrios económicos interterritoriales (B.O.E. Nº 3 de 03/01/1986) // Real Decreto 303/2015, por el que se modifica el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio (B.O.E. Nº 102 de 29/04/2015)

Información al ciudadano:

Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania

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