Convocatoria 2017 Orden ECD/71/2016
Descripción:
Extracto de la Orden ECD/51/2017, por la que se convocan los Premios Literarios Gobierno de Cantabria 2017.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 92 Extracto de Convocatoria
Fecha BOC: 15/05/2017
Enlace BOC
Escuchar con ReadSpeaker
Fecha inicio plazo presentación:
16/05/2017
Fecha finalización plazo presentación:
05/06/2017
Beneficiarios:
Podrán participar en estos premios todos los autores, con independencia de su nacionalidad, excepto los ganadores de ediciones anteriores en la correspondiente modalidad.
Cuantía:
Los premios, que estarán sujetos a la retención fiscal establecida en la legislación vigente, serán:.
A. Premio de cuentos Manuel Llano: 5.000,00 euros.
B. Premio de poesía Gerardo Diego: 5.000,00 euros.
C. Premio de novela corta José María de Pereda: 12.000,00 euros.
Documentación a adjuntar:
La documentación se remitirá al Consejero de Educación, Cultura y Deporte en sobre cerrado, indicando expresamente la denominación del premio, y consistirá en:
- La solicitud de participación, debidamente cumplimentada, conforme al modelo normalizado que se establezca en la convocatoria como anexo I.
- Tres ejemplares de la obra, con los requisitos establecidos en el artículo 4 de esta Orden.
- Una plica, en sobre cerrado, en la que deberá figurar el título de la obra y el seudónimo utilizado, y en la que se incluirá el modelo normalizado que se establezca en la convocatoria como anexo II, debidamente cumplimentado, y un breve currículum bio-bibliográfico del autor. El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones en la obra premiada conllevará la no publicación de la misma, sin perjuicio de las oportunas reclamaciones que la entidad convocante pueda emprender contra el autor.
El interesado podrá autorizar a la Dirección General de Cultura para que recabe la siguiente información:.
- Datos acreditativos de la identidad y domicilio del interesado.
- Certificados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el interesado está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
En el supuesto de que el interesado no otorgara dicha autorización deberá aportar los documentos acreditativos en su plica.
Anexos:
-
ORDEN ECD/51/2017, DE 3 DE MAYO, POR LA QUE SE CONVOCAN LOS PREMIOS LITERARIOS GOBIERNO DE CANTABRIA 2017.
Escuchar con ReadSpeaker
-
Modelo de Solicitud
Escuchar con ReadSpeaker
-
Anexo
Escuchar con ReadSpeaker
Lugar presentación :
Si la documentación es remitida por correo, el anexo I, debidamente cumplimentado, deberá ser fechado y sellado por el empleado de Correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en cuanto no se oponga a la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.
Órgano tramitador:
C/ Vargas, 53 - 39010 Santander
Teléfono: 942 20 74 25
Enlaces:
- Orden ECD/71/2016, de 17 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Literarios Gobierno de Cantabria
- Resolución del consejero de Educación, Cultura y Deporte, de 28 de noviembre de 2017, al amparo de la Orden ECD/51/2017, de 3 de mayo, por la que se conceden los Premios Literarios Gobierno de Cantabria 2017.

