Inscripción en el Registro de Voluntades Previas de Cantabria.
Consejería:
Consejería de Sanidad
Dirección General:
Dirección General Transformación Digital y Relaciones con los Usuarios
Descripción:
Inscripción en el Registro de Voluntades Previas de Cantabria del documento por el cual una persona mayor de edad y capaz manifiesta anticipadamente su voluntad, con objeto de que ésta se cumpla sobre los cuidados y tratamiento de su salud o, incluso, llegado el fallecimiento, el destino de su cuerpo u órganos.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Registros y censos
Tipo de destinatario:
Ciudadanos
Impresos:
Solicitud del interesado/a.
Requisitos:
Otorgante mayor de edad y con plena capacidad de obrar. Documento de voluntades previas otorgado ante notario o ante tres testigos. Si el documento se otorgó ante testigos, éstos deberán ser, igualmente, mayores de edad y con plena capacidad de obrar y dos de ellos no deberán tener relación de parentesco hasta el segundo grado ni relación laboral, patrimonial o de servicio, ni relación matrimonial ni de análoga afectividad a la conyugal con el otorgante.
Documentación:
En el caso de que el documento de voluntades previas se formalice ante funcionarios de la Consejería competente en materia de sanidad:Solicitud de inscripción del documento, cumplimentada y firmada por el otorgante. DNI o pasaporte del otorgante y fotocopia del mismo. Documento de aceptación del representante y del representante sustituido, en su caso. DNI o pasaporte y fotocopia del representante y representante sustituido (si se han nombrado).En el caso de que el documento de voluntades previas se formalice ante tres testigos: Solicitud de inscripción del documento, cumplimentada y firmada por el otorgante. DNI o pasaporte del otorgante y fotocopia del mismo. Documento original de voluntades previas, debidamente cumplimentado y firmado por el otorgante, los tres testigos y el representante si los hubiera.Declaración responsable de dos de los testigos en la que manifiesten que no tiene relación laboral, patrimonial o de servicio, ni relación matrimonial ni de análoga afectividad a la conyugal con el otorgante.En el caso de que el documento de voluntades previas se formalice ante Notario: Solicitud de inscripción del documento, cumplimentada y firmada por el otorgante. Copia autenticada del documento de voluntades previas y DNI del representante o representantes si los hubiere.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
18 de septiembre del 2019
Lugar presentación :
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, calle Federico Vial, 13, 39009 Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Atención al Usuario. / Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a de Ordenación y Atención Sanitaria. / Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de Estructura de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Negativo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Sanidad.
Normativa:
Ley de Cantabria 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria (artículo 34) y Decreto 139/2004, de 5 de diciembre, por el que se crea y regula el Registro de Voluntades Previas de Cantabria.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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