Detalle:

Autorización y homologación de centros de inseminación artificial.

Consejería:

Consejería de Sanidad

Dirección General:

Dirección General Ordenación Farmacia e Inspección

Descripción:

Autorización y homologación de centros de inseminación artificial.

Tipo de Inicio:

Interesado

Tipo procedimiento:

Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones

Tipo de destinatario:

Ciudadanos y Empresas

Impresos:

Solicitud normalizada.

Requisitos:

RECURSOS HUMANOS: a) Un médico especialista en obstetricia y ginecología, con formación y experiencia en fertilización y reproducción humana asistida. Será, en todo caso, el responsable de las actividades del centro. b) Personal de enfermería. c) Personal auxiliar sanitario. LOCALES Y ESPACIOS: a) Dispondrá como mínimo de un espacio físico que incluya recepción, sala de consulta y de tratamiento y aseos. MATERIAL: Deberá estar dotado del material sanitario necesario para realizar exploraciones ginecológicas así como para la aplicación de la técnica. Los centros deberán tener establecida la coordinación asistencial con un centro hospitalario para caso de necesidad.

Documentación:

Solicitud, memoria descriptiva y demás documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.

Tasa/Precio público:

Plazo presentación:

Durante todo el año.

Fecha:

27 de enero del 2020

Lugar presentación :

Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, calle Federico Vial, 13, 39009, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Dirección General de Ordenación y Atención Sanitaria. / Decreto 24/2002, de 7 de Marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.

Órgano resuelve / Norma atributiva:

Autorización administrativa: Consejero/a de Sanidad. Autoridad de funcionamiento: Director/a General de Ordenación y Atención Sanitaria. / Decreto 24/ 2002, de 7 de Marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales y Orden de 21 de abril de 1997.

Plazo de resolución:

3 Meses

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Negativo

Via administrativa:

No agota la vía administrativa.

Recursos:

Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejo de Gobierno si ha resuelto el/la Consejero/a de Sanidad y éste/a si ha resuelto el/la Director/a/a General de Ordenación Sanitaria.

Normativa:

Decreto 26/2014, de 29 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Orden de 4 de junio de 1997. Real Decreto 413/1996 de 1 de marzo, por el que se establecen los requisitos técnicos y funcionales precisos para la autorización y homologación de los centros y servicios sanitarios relacionados con las técnicas de reproducción asistida. Orden de 21 de abril de 1997 por la que se regula la autorización de centros y servicios sanitarios relacionados con las técnicas de reproducción humana asistida. Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Información al ciudadano:

Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

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