Autorización cierre de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Consejería:
Consejería de Sanidad
Dirección General:
Dirección General Ordenación Farmacia e Inspección
Descripción:
Cierre de hospitales generales, hospitales monográficos, laboratorios de análisis clínicos, balnearios, centros de rehabilitación y fisioterapia, instalaciones nucleares y radioactivas y de instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos
Impresos:
Solicitud normalizada.
Requisitos:
Finalización de actividad de modo definitivo.
Documentación:
Instancia según modelo oficial. Fotocopia compulsada del DNI o NIF cuando se trate de personas físicas y escritura de constitución de la sociedad, debidamente registrada, en el caso de personas jurídicas. Título de propiedad o dependencia jurídica del Centro, Servicio o Establecimiento Sanitario. En el caso de supresión o cierre, además de los documentos de carácter general, deberá presentar memoria justificativa del cierre, en la que se deberá incluir calendario del mismo, con las fases previstas de forma secuencial.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
27 de enero del 2020
Lugar presentación :
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, calle Federico Vial, 13, 39009, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Ordenación y Atención Sanitaria. / Decreto 24/2002, de 7 de Marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Consejero/a de Sanidad. / Decreto 65/1992 de 7 de septiembre por el que se regula la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios y Orden de 4 de junio de 1997 de autorizaciones administrativas de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Negativo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejo de Gobierno.
Normativa:
Decreto 65/1992 de 7 de septiembre por el que se regula la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Orden 27 de febrero de 1997 por la que se regula la creación organización y funcionamiento del registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Dirección Regional de Sanidad. Orden de 4 de junio de 1997 de autorizaciones administrativas de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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