Detalle:

Intervención en monumentos declarados B.I.C. o en su entorno de protección.

Consejería:

Consejería de Universidades Igualdad Cultura y Deporte

Dirección General:

D.G. de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica

Descripción:

Autorización a otorgar por la Administración autonómica con carácter previo a las siguientes actuaciones: cualquier intervención en un monumento o en su entorno de protección; cambio de uso o aprovechamiento o incoación de expediente de ruina del monumento o de algún otro inmueble incluido en el entorno, en este último caso si no existe una figura de planeamiento que regule específicamente ese entorno

Tipo de Inicio:

Interesado

Tipo procedimiento:

Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones

Tipo de destinatario:

Ciudadanos, Empresas y Administración

Requisitos:

La solicitud irá acompañada de la información y documentación técnica necesaria para emitir un pronunciamiento sobre la actuación que pretende llevarse a cabo en el Monumento o en su entorno de protección.

Documentación:

Documentación técnica relativa a la intervención.

Tasa/Precio público:

No

Plazo presentación:

Todo el año.

Fecha:

16 de septiembre del 2019

Lugar presentación :

Registro Delegado de la Dirección General de Cultura, calle Pasaje de Peña, 2, 1º, 39008, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Servicio de Patrimonio Cultural / Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre de 1998, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998).

Órgano resuelve / Norma atributiva:

Consejo de Gobierno / Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre de 1998, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998).

Plazo de resolución:

2 Meses

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Negativo

Via administrativa:

Agota la vía administrativa

Recursos:

Recurso Potestativo de Reposición o Recurso Contencioso Administrativo. / 1 mes para el recurso potestativo y 2 meses para el contencioso. / El recurso potestativo de reposición el mismo órgano que dictó el acto impugnado y el recurso contencioso administrativo los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo cuando la cuantía es inferior a 30.050 euros y las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia cuando la cuantía es superior.

Normativa:

Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre de 1998, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998). Decreto 36/2002, de 2 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley de Patrimonio Cultural (BOC nº 89, de 10 de mayo de 2001).

Información al ciudadano:

Cualquier intervención sobre un Monumento y sobre bienes inmuebles incluidos en su entorno de protección se hará de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 y 53 de la Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre de 1998, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998). Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

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