Detalle:

Inscripción en el Registro de actas de elecciones para la designación de representantes de los trabajadores.

Consejería:

Consejería de Empleo y Políticas Sociales

Dirección General:

Dirección General Trabajo

Descripción:

Elección de Representantes Sindicales de los Trabajadores en las Empresas.

Tipo de Inicio:

Interesado

Tipo procedimiento:

Otros

Tipo de destinatario:

Ciudadanos y Empresas

Impresos:

Impresos normalizados disponibles en http://dgte.cantabria.es/tramites-y-registros/elecciones-sindicales/personal-funcionario

Requisitos:

Pueden promover elecciones a delegados de personal y Comités de Empresa, en empresa privada, o a Delegados o Juntas de Personal en Administraciones Públicas, las Organizaciones Sindicales que cuenten con capacidad suficiente o los trabajadores del centro por acuerdo mayoritario. Los promotores comunicarán a la empresa y a la Oficina Pública dependiente de la A.L. su propósito de celebrar elecciones con un plazo de al menos un mes de antelación al inicio.

Documentación:

Preaviso y acta de la asamblea.

Tasa/Precio público:

No

Plazo presentación:

Tres días desde la celebración de la elección, publicación en el tablón de anuncios al día siguiente de su presentación, así como de preavisos, una vez registradas.

Fecha:

29 de agosto del 2019

Lugar presentación :

En la calle Hernán Cortés 9, 39003, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Sección de Mediación y Seguimiento de Conflictos. / Decreto 41/2018, de 10 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo

Órgano resuelve / Norma atributiva:

Director/a General de Trabajo. / Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de trabajo e industria (BOC de 3 de octubre). RD 1844/1994, de 9 de septiembre, que aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa.

Plazo de resolución:

10 Días hábiles

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

No Tiene

Via administrativa:

Agota la vía administrativa

Normativa:

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores // Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre. Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa // Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público // Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre. Reglamento de elecciones a los órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado. // Ley 9/1978, de 12 de junio, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Información al ciudadano:

La Oficina Pública transcurridos los diez días hábiles procederá o no al registro del acta electoral correspondiente. Transcurrido dicho plazo sin que se haya efectuado la subsanación o no realizada ésta en forma, la Oficina Pública procederá en el plazo de diez días hábiles a denegar el registro, comunicándolo a los sindicatos que hayan obtenido representación y al presidente de la mesa electoral. Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania

Anexos:

3782496