Expropiación forzosa para la ejecución de proyectos en materia de carreteras.
Consejería:
Consejería de Obras Públicas Ordenación del Territorio y Urbanismo
Dirección General:
Dirección General Obras Públicas
Descripción:
Poner a disposición de la Administración todos aquellos bienes y derechos que permitan la ejecución de los proyectos aprobados.
Tipo de Inicio:
De oficio
Tipo procedimiento:
Responsabilidad patrimonial y otras solicitudes de indemnización
Requisitos:
Aprobación de los Proyectos competencia de la Consejería de Obras Públicas, y Vivienda que lleva implícito el Acuerdo de Necesidad de Ocupación y Orden de inicio del expediente expropiatorio.
Tasa/Precio público:
No
Fecha:
21 de julio del 2010
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Carreteras Autónomicas de la Dirección General de Obras Públicas / Decreto 31/2009, de 16 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y se modifican parcialmente las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Se trata de un procedimiento complejo en el que se dictan las siguientes Resoluciones: - Aprobación del proyecto que lleva implícita la necesidad de ocupación y la declaración de utilidad pública: Consejero/a de Obras Públicas y Vivienda. - Resolución de alegaciones en el trámite de información pública:Consejero/a de Obras Públicas y Vivienda - Declaración de urgencia: Acuerdo del Consejo de Gobierno. - Acta de Ocupación: Jefe de Sección de Expropiaciones de la Dirección General de Obras Públicas. - Determinación del justiprecio: 1. Mutuo Acuerdo: Jefe de Sección de Expropiaciones de la Dirección General de Obras Públicas. 2. En caso de desacuerdo: Jurado Provincial de Expropiación Forzosa.
Plazo de resolución:
Los establecidos por la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, para el procedimiento ordinario y para el procedimiento de urgencia.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Desestimatorio
Recursos:
Contra los actos dictados por el Jefe de Sección de Expropiaciones / Recurso de alzada ante el Consejero/a / plazo de un mes.Contra los actos dictados por el Consejero/a / Recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno / plazo de un mes.Contra los actos dictados por el Consejo de Gobierno / Recurso portestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno/plazo de un mes; o Recurso contencioso administrativo / plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
Normativa:
Ley 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de régimen jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.Ley 5/1996, de 17 de diciembre, de Carreteras de Cantabria.Decreto 31/2009, de 16 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y se modifican parcialmente las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo.
Información al ciudadano:
La resolución agotará la vía administrativa cuando el órgano competente para resolver sea el Consejo de Gobierno.Servicio de Carreteras Autonómicas del Gobierno de Cantabria (Sección de Expropiaciones): 942 208 932 / 942 208 930.Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
Enlaces:
- http://www.boe.es/boe/dias/1954/12/17/pdfs/A08261-08278.pdf
- http://www.boe.es/boe/dias/1997/02/28/pdfs/A06778-06787.pdf
- http://www.boe.es/boe/dias/2003/01/07/pdfs/A00523-00551.pdf
- http://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=150311
- http://www.boe.es/boe/dias/1992/11/27/pdfs/A40300-40319.pdf
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