Autorizaciones concedidas de oficio en dominio público portuario.
Consejería:
Consejería de Obras Públicas Ordenación del Territorio y Urbanismo
Dirección General:
D.G. de Obras Hidráulicas y Puertos
Descripción:
Autorizaciones para actividades que se desarrollen en el espacio portuario que no requieran la ejecución de obras, así como tambien la ocupación del dominio público portuario con instalaciones desmontables o con bienes muebles.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Requisitos:
La disponibilidad de superficies o instalaciones portuarias para su utilización por persona física o jurídica.
Documentación:
Los interesados deberán aportar la documentación exigida con la convocatoria.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
El que fije la convocatoria pública.
Fecha:
17 de septiembre del 2019
Lugar presentación :
Registro delegado del Servicio de Puertos, calle Alta 5, 3ª y 4ª planta, 39008, Santander, y demás admitidos en el art. 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre,de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Puertos del Gobierno de Cantabria / Decreto 31/2009, de 16 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y se modifican parcialmente las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General competente en materia de puertos. / Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria; y Decreto 82/2006, de 13 de julio, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento de autorizaciones en los puertos de Cantabria; Decreto 31/2009, de 16 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y se modifican parcialmente las relaciones de puertos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo.
Plazo de resolución:
6 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Caducidad
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de alzada / 1 mes / Consejero competente en materia de Puertos (Decreto 82/2006, de 13 de julio, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento de autorizaciones en los puertos de Cantabria).
Normativa:
Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria; Decreto 82/2006, de 13 de julio, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento de autorizaciones en los puertos de Cantabria; Decreto 19/2015, de 1 de abril, por el que se modifica el Decreto 82/2006, de 13 de julio.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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