Procedimiento sancionador en materia de transportes.
Consejería:
Consejería de Innovación Industria Transporte y Comercio
Dirección General:
Dirección General Transportes y Comunicaciones
Descripción:
Sancionar infracciones tipificadas en la Ley de Ordenación del Transportes Terrestre y normativa de desarrollo.
Tipo de Inicio:
De oficio
Tipo procedimiento:
Sancionador
Requisitos:
Las denuncias/actas deben contener los siguientes datos esenciales:La matrícula del vehículo, titular del vehículo, dirección a efectos de notificaciones y hecho denunciado.
Documentación:
Dependiendo de la conducta denunciada/tipo de infracción, debe adjuntarse las pruebas documentales de la misma, por ejemplo:Discos del tacógrado, ticket de pesaje, archivos digitales del tacógrafo.
Tasa/Precio público:
No
Fecha:
22 de julio del 2010
Órgano instructor / Norma atributiva:
Sección de Transporte Terrestre / atruibuida por Decreto 16/2006, de 23 de febrero, de modificación de la estructura orgánica y relación de puestos de trabajo de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director General de Transportes y Comunicaciones / Decreto 59/1983, de 7 de octubre.
Plazo de resolución:
1 año.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Caducidad
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de alzada ante el Consejero/a de Innovación, Industria, Turismo y Comercio / en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente de la notificación de la Resolución sancionadora.
Normativa:
Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas Leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificado por Real Decreto 1255/2006, de 27 de octubre.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
Enlaces:
- http://www.boe.es/boe/dias/2006/11/15/pdfs/A39901-39942.pdf
- http://www.boe.es/boe/dias/1990/10/08/pdfs/A29406-29473.pdf
- http://www.boe.es/boe/dias/1987/07/31/pdfs/A23451-23481.pdf
- http://www.boe.es/boe/dias/2009/12/23/pdfs/BOE-A-2009-20725.pdf
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