Variaciones sustanciales de los datos del Registro Industrial.
Consejería:
Consejería de Innovación Industria Transporte y Comercio
Dirección General:
Dirección General de Industria Energía y Minas
Descripción:
Remitir impreso de inscripción del Registro Industrial debidamente cumplimentado y actualizado, indicando las variaciones que resulten sustanciales respecto a la inscripción anterior.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Registros y censos
Impresos:
Registro de Establecimiento Industriales (REI)
Requisitos:
Ser titular de un establecimiento industrial.
Documentación:
La establecida en la Orden IND/23/2009, de 23 de septiembre, por la que se establece el contenido mínimo de la documentación precisa para la instalación, ampliación y traslado de industrias en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria y se aprueban los impresos normalizados precisos para su tramitación (en lo referido a la legalización de las instalaciones) (B.O.C nº 197 de 14/10/2009).
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Indeterminado. Este vendrá definido por el tiempo necesario para que se produzca una variación sustancial en los datos del Registro Industrial.
Fecha:
22 de julio del 2010
Lugar presentación :
Registro Delegado de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo, calle Albert Einstein nº 2, Edificio Apia, 39001, Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Industria, Comercio y Consumo. Servicio de Ordenación / Normativa atributiva de la competencia para tramitación o instruir el expediente: : Real Decreto 1903/96, de 2 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria, en materia de industria, energía y minas. (BOE de 9-9-1996) y Decreto 58/2007, de 17 de mayo, de modificación de la estructutra orgánica de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Servicio de Ordenación.
Plazo de resolución:
Tres meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Estimatorios.
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de alzada / Un mes si el acto es expreso o en cualquier momento si no lo es / Consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.
Normativa:
Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (B.O.E. nº 176 de 23/07/1992). Real Decreto 2135/1980, de 26 se septiembre, sobre liberalización Industrial (B.O.E. nº 247 de 14/10/1980); Orden de 19 de diciembre de 1980 sobre normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 2135/1980 (B.O.E. nº 308 de 24/12/1980). Real Decreto 697/1995, de 28 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Establecimientos Industriales de ámbito estatal (B.O.E. nº 128 de 30/05/1995); Orden IND/37/2006, de 19 de abril, por la que se establece la obligación de legalizar todas las instalaciones y equipos necesarios para el desarrollo de la actividad de los establecimientos industriales como requisito previo para la entrega del certificado eléctrico de baja tensión diligenciado (B.O.C. nº 84 de 3/05/2006). Otros reglamentos técnicos aplicables a las instalaciones/equipos de que disponga la industria (instalación eléctrica de baja tensión, aparatos a presión, instalaciones frigoríficas, almacenamientos productos químicos, almacenamientos productos petrolíferos uso propio, instalaciones contra incendio, instalaciones receptoras de gas, .. etc); Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la calidad y la seguridad industrial (B.O.E. nº 32 de 6/02/1996); Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 2200/1995 (B.O.E. nº 100 de 26/04/1997); Orden IND/23/2009, de 23 de septiembre, por la que se establece el contenido de la documentación precisa para la instalación, ampliación y traslado de industrias en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria (B.O.C. nº 197 de 14/10/2009); Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (B.O.E. nº 308 de 23/12/2209); Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (B.O.E. nº 283 de 24/11/2009); Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial (B.O.E. nº 125 de 22/05/2010) y Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (B.O.E. nº 125 de 22/05/2010).
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
Anexos:
Enlaces:
- http://www.boe.es/boe/dias/1995/05/30/pdfs/A15688-15698.pdf
- http://www.boe.es/boe/dias/1992/07/23/pdfs/A25498-25506.pdf
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