Consulta previa sobre la reforma o cambio de uso de una cabaña pasiega para su explotación como establecimiento de alojamiento turístico.
Consejería:
Consejería de Educación Formación Profesional y Turismo
Dirección General:
Dirección General Turismo
Descripción:
Formular una consulta a la Consejería competente en materia de turismo sobre las condiciones para la reforma o cambio de uso de una cabaña pasiega para su conversión en un establecimiento de alojamiento turístico mediante la presentación de la documentación prevista en la normativa correspondiente.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Otros
Tipo de destinatario:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Requisitos:
La consulta previa deberá presentarse en los términos previstos en el artículo 3 y 4 del Decreto 39/2014, de 31 de julio, por el que se regulan los alojamientos turísticos en Cabañas Pasiegas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación:
Solicitud del interesado/Ayuntamiento (según modelo normalizado del anexo III del Decreto 39/2014, de 31 de julio, por el que se regulan los alojamientos turísticos en Cabañas Pasiegas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria).Además: - Los promotores de una "Cabaña Pasiega", personas físicas o jurídicas: a) Documento que acredite la identidad del interesado, o autorización para su comprobación, y, en su caso, de su representante legal. b) Proyecto básico de ejecución y/o reforma, ambos a escala mínima 1:100, suscrito por técnico competente, acompañado de cédula urbanística de la finca donde conste su catalogación como "Cabaña Pasiega" o en caso de cambio de uso del inmueble, proyecto de actividad. c) Fotografías del estado actual del edifico. - Municipios: a) Proyecto básico de ejecución y/o reforma, ambos a escala mínima 1:100, suscrito por técnico competente. Cuando sea necesaria la realización de obra y sólo se refiera a un cambio de uso del inmueble, se exigirá proyecto de actividad. b) Fotografías del estado actual del edificio. c) Certificado de clasificación del suelo y usos autorizados según las normas de planeamiento vigente, así como de la catalogación de la edificación como "Cabaña Pasiega".
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
La solicitud deberá presentarse antes de la reforma/apertura o cambio de uso del establecimiento de cabaña pasiega.
Fecha:
16 de septiembre del 2019
Lugar presentación :
Registro delegado de la Dirección General de Turismo (c/Alberto Einstein 4, 1º, Santander), o en cualquier otro de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Actividades Turísticas / Ley 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria. Decreto 39/2014, de 31 de julio, por el que se regulan los alojamientos turísticos en Cabañas Pasiegas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Turismo. / Ley 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria. Decreto 39/2014, de 31 de julio, por el que se regulan los alojamientos turísticos en Cabañas Pasiegas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazo de resolución:
No tiene
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
No Tiene
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Normativa:
Ley 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria. Decreto 39/2014, de 31 de julio, por el que se regulan los alojamientos turísticos en Cabañas Pasiegas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Información al ciudadano:
La falta de contestación no implicará la aceptación de los criterios expresados en la consulta. Las contestaciones a las consultas previas sólo vincularán a la Dirección General competente en materia de turismo cuando las obras ejecutadas se ajusten al anteproyecto o proyecto básico presentado inicialmente y no serán susceptibles de recurso. Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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