Instalación y puesta en servicio de ascensores.
Consejería:
Consejería de Innovación Industria Transporte y Comercio
Dirección General:
Dirección General de Industria Energía y Minas
Descripción:
Puesta en servicio de ascensores
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Otros
Impresos:
Solicitud normalizada.
Documentación:
La ficha técnica de la instalación, la declaración UE de conformidad (ascensores Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo) o la declaración CE de conformidad (ascensores Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre), la copia del contrato de conservación, y cuando sea aplicable, las actas de los ensayos relacionadas con el control final; El contenido mínimo de la ficha técnica, así como, a título indicativo, un ejemplo de presentación de los documentos citados, se incluyen en el anexo VIII de la ITC AEM 1 "Ascensores" (Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero), de donde se destaca la importancia de los planos necesarios para conocer con precisión la ubicación de la instalación (plano de situación de la instalación y de ubicación en el edificio) y los de características técnicas y de seguridad principales.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
27 de febrero del 2007
Lugar presentación :
Registro de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo, calle Albert Einstein nº 2, Edificio Apia, 39001, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Ordenación de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo /Decreto 58/2007, de 17 de mayo, de modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico (BOC de 31 de mayo).
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Industria, Comercio y Consumo. / Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, que regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de trabajo e industria (BOC de 3 de octubre).
Plazo de resolución:
Tres meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Estimatorio.
Correo:
dgindustriacomercioconsumo@cantabria.es
Teléfono:
942 200 033 (centralita)
Via administrativa:
No agota la vía Administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y en cualquier momento si no lo es / Consejero/a de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.
Normativa:
Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 "Ascensores" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre (B.O.E. nº 46 de 22/02/2013); Ascensores de velocidad superior a 0,15 m/s: Lo dispuesto por el Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores (B.O.E. nº 126 de 25/05/2016); Ascensores de velocidad no superior a 0,15 m/s: Lo dispuesto por el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas (B.O.E. nº 246 de 11/10/2008).
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania
3780721



