Detalle:

Instalación y puesta en servicio de ascensores.

Consejería:

Consejería de Innovación Industria Transporte y Comercio

Dirección General:

Dirección General de Industria Energía y Minas

Descripción:

Puesta en servicio de ascensores

Tipo de Inicio:

Interesado

Tipo procedimiento:

Otros

Impresos:

Solicitud normalizada.

Documentación:

La ficha técnica de la instalación, la declaración UE de conformidad (ascensores Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo) o la declaración CE de conformidad (ascensores Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre), la copia del contrato de conservación, y cuando sea aplicable, las actas de los ensayos relacionadas con el control final; El contenido mínimo de la ficha técnica, así como, a título indicativo, un ejemplo de presentación de los documentos citados, se incluyen en el anexo VIII de la ITC AEM 1 "Ascensores" (Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero), de donde se destaca la importancia de los planos necesarios para conocer con precisión la ubicación de la instalación (plano de situación de la instalación y de ubicación en el edificio) y los de características técnicas y de seguridad principales.

Tasa/Precio público:

Plazo presentación:

Durante todo el año.

Fecha:

27 de febrero del 2007

Lugar presentación :

Registro de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo, calle Albert Einstein nº 2, Edificio Apia, 39001, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Servicio de Ordenación de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo /Decreto 58/2007, de 17 de mayo, de modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico (BOC de 31 de mayo).

Órgano resuelve / Norma atributiva:

Director/a General de Industria, Comercio y Consumo. / Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, que regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de trabajo e industria (BOC de 3 de octubre).

Plazo de resolución:

Tres meses.

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Estimatorio.

Correo:

dgindustriacomercioconsumo@cantabria.es

Teléfono:

942 200 033 (centralita)

Via administrativa:

No agota la vía Administrativa.

Recursos:

Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y en cualquier momento si no lo es / Consejero/a de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.

Normativa:

Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 "Ascensores" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre (B.O.E. nº 46 de 22/02/2013); Ascensores de velocidad superior a 0,15 m/s: Lo dispuesto por el Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores (B.O.E. nº 126 de 25/05/2016); Ascensores de velocidad no superior a 0,15 m/s: Lo dispuesto por el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas (B.O.E. nº 246 de 11/10/2008).

Información al ciudadano:

Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania

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