Autorización de funcionamiento e incidencias de Centros de iniciativas turísticas.
Consejería:
Consejería de Educación Formación Profesional y Turismo
Dirección General:
Dirección General Turismo
Descripción:
Autorización de funcionamiento e incidencias de Centros de iniciativas turísticas.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Requisitos:
Entidad sin fines de lucro, promovida por asociaciones, fundaciones o particulares interesados en el sector para la promoción y fomento del turismo en un ámbito territorial determinado.
Documentación:
Tres ejemplares de los estatutos de constitución que comprenderán preceptivamente los siguientes documentos: a)Acta de la sesión fundacional, con nombres y cargos de la junta constitutiva, nombre de los miembros fundadores, sede social, denominación a utilizar por el centro, motivos razonados por los que se desea constituir el centro y ámbito territorial. b)Reglamento interno para su funcionamiento. c)Relación de actividades que se propone realizar en cumplimiento de los estatutos. d)Medios económicos iniciales que se presupuestan para su funcionamiento.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Todo el año.
Fecha:
16 de septiembre del 2019
Lugar presentación :
Registro Delegado de la Dirección General de Turismo, C/ Albert Einstein, nº 4, planta 1, 39001, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración pública del sector institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Turismo / Ley de Cantabria 5/1999, de 24 de marzo, de ordenación del turismo de Cantabria (BOC nº extraordinario 3, de 26 de marzo de 1999).
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Consejero/a de Innovación, Industria, Turismo y Comercio. / Decreto 2481/1974, de 9 de agosto (BOE nº 217, de 10 de septiembre de 1974) de Ordenación de Centros de Iniciativas Turísticas. Orden Ministerial de 8 de febrero de 1975 (BOE nº 44, de 20 de febrero de 1975).
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Positivo
Via administrativa:
Agota la vía administrativa
Recursos:
Recurso potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo / 1 mes si recurso de reposición y 2 si recurso contencioso-administrativo / Consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercio y Tribunal Superio de Justicia de Cantabria.
Normativa:
Ordenación de Centros de Iniciativas Turísticas // Orden Ministerio Información y Turismo sobre centros de Iniciativas Turísticas de 8 de febrero de 1975 // Ley 5/1999, de 24 marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria (BOC nº 3 Extra. de 26 de marzo de 1999).
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3780466



