Detalle:

Habilitación para el ejercicio de la actividad de empresa instaladora en baja tensión

Consejería:

Consejería de Innovación Industria Transporte y Comercio

Dirección General:

Dirección General de Industria Energía y Minas

Descripción:

Este procedimiento regula la habilitación para el ejercicio de la activdiad de empresa instaladora en baja tensión, así como para la obtención del carné de instalador en baja tensión.

Tipo de Inicio:

Interesado

Tipo procedimiento:

Declaraciones y comunicaciones de los interesados

Tipo de destinatario:

Ciudadanos y Empresas

Impresos:

- Modelo SOL-ABTIEH - Modelo DR-HEIABT - Modelo Anexo DR-HEIR - Modelo REI-EIC

Requisitos:

Para la habilitación como empresa instaladora se requiere estar constituida legalmente al efecto, contar con los medios técnicos y humanos mínimos establecidos en el REBT y haber suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional o garantía equivalente que cubra los daños que puedan provocar en la prestación del servicio*. Asimismo en este caso, se deberá poder acreditar ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas la información documental acreditativa del cumplimiento de los requisitos reglamentarios vinculados a la declaración presentada, a efectos del correspondiente control de la actividad. Para la obtención/renovación del carné se requiere disponer de un título universitario cuyo plan de estudios cubra las materias objeto del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT), disponer de un título de formación profesional o de un certificado de profesionalidad cuyo ámbito competencial coincida con las materias objeto del REBT o tener reconocida una competencia profesional adquirida por experiencia laboral al efecto. *Póliza categoría básica 600.000 euros / Póliza categoría especialista 900.000 euros

Documentación:

Para la habilitación para el ejercicio de la actividad de empresa instaladora en baja tensión: - Solicitud debidamente cumplimentada (Modelo: SOL-ABTIEH) acompañada de la siguiente documentación: - Declaración Responsable (Modelo: DR-HEIABT) y su Anexo (Modelo: Anexo DR-HEIR), debidamente cumplimentados. - Hoja de comunicación de datos al Registro de Establecimientos Industriales - Empresas Instaladoras Mantenedoras (Modelo: REI-EIC), debidamente cumplimentado. - Justificante de haber realizado el pago de la tasa por Inscripción Industrial de Nuevas Instalaciones Para la solicitud de obtención/renovación del carné de instalador/a en baja tensión: - Solicitud debidamente cumplimentada (Modelo: SOL-BTIEH) acompañada de la siguiente documentación: - Fotografía tamaño carné - Copia del carné del instalador/a (sólo en caso de solicitar la renovación) - Justificante de haber realizado el pago de la tasa por Expedición de Carné Autorizado Si la persona interesada manifiesta su oposición a que el organismo instructor del procedimiento pueda consultar o recabar la documentación y/o información señalada a continuación, por obrar esta ya en su poder o haber sido elaborada por cualquier otra administración, entonces deberá presentar también copia de lo siguiente: - D.N.I./N.I.E./Nº de pasaporte del instalador/a - Títulación académica del instalador/a.

Tasa/Precio público:

Plazo presentación:

Durante todo el año.

Fecha:

04 de marzo del 2020

Lugar presentación :

Presencialmente: En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio sita en el Parque Científico y Tecnológico de Cantabria, C/Albert Einstein, 2 de Santander o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Si la solicitud se enviara por correo, deberá presentarse en sobre abierto con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento, se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión por el personal de correos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en cuanto no se oponga a la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal. Electrónicamente: A través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica "sede.cantabria.es".

Órgano instructor / Norma atributiva:

Servicio de Energía. / Decreto 58/2007, de 17 de mayo, de modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico (BOC de 31 de mayo).

Órgano resuelve / Norma atributiva:

Director/a General de Industria, Energía y Minas / Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de trabajo e industria (BOC de 3 de octubre).

Plazo de resolución:

No tiene

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

No Tiene

Via administrativa:

No agota la vía administrativa.

Recursos:

Recurso de Alzada. / 1 mes a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación. / Consejero/a de Innovación, Industria, Transporte y Comercio.

Normativa:

Orden de la Consejería de Industria, de 17 de octubre de 2003, por la que se dictan instrucciones para la aplicación del reglamento electrotécnico para baja tensión (BOC de 24/10/2003) y sus modificaciones por Orden de 5 de mayo de 2004 y Orden INN/2/2015, de 19 de enero // Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (BOE de 23/07/1992). // Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. // Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. // Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el reglamento electrotécnico de baja tensión (BOE de 18 /09/2002).

Información al ciudadano:

Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

Anexos:

3780170