Detalle:

Inscripción en el Registro de instalaciones eléctricas de baja tensión no industriales.

Consejería:

Consejería de Innovación Industria Transporte y Comercio

Dirección General:

Dirección General de Industria Energía y Minas

Descripción:

Verificación para la puesta en funcionamiento de una instalación eléctrica de baja tensión no industrial radicada en el territorio de la Comunidad Autónoma.

Tipo de Inicio:

Interesado

Tipo procedimiento:

Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones

Tipo de destinatario:

Ciudadanos, Empresas y Administración

Impresos:

Solicitud del interesado/a. Certificado de instalación. Memoria Técnica de Diseño. Certificado fin de Obra.

Requisitos:

Presentar toda la documentación requerida según sea el caso junto con la solicitud de diligenciado del certificado de la instalación, una vez haya sido terminada la obra y realizadas las pruebas de verificación correspondientes.

Documentación:

5 ejemplares del certificado de instalación. Proyecto o memoria técnica de diseño. Certificado de fin de obra firmado por técnico competente, cuando la instalación requiera proyecto. Certificado de inspección inicial por OCA, en caso necesario s/ITC BT 05 4.1. Abono de tasas correspondientes. Certificado de metros cuadrados, firmado por técnico competente, si es requerido. Para suministros de obra, licencia de obra expedida por el Ayuntamiento correspondiente o, en su defecto, justificación de haber solicitado la misma.

Tasa/Precio público:

Plazo presentación:

Durante todo el año.

Fecha:

22 de febrero del 2019

Lugar presentación :

Registro de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo, C/Albert Einstein nº 2 (PCTCAN), 39011, Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Servicio de energia / Decreto 58/2007, de 17 de mayo, de modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Industria y Desarrollo Tecnológico (BOC de 31 de mayo)

Órgano resuelve / Norma atributiva:

Director/a General de Industria, Comercio y Consumo / Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de trabajo e industria (BOC de 3 de octubre).

Plazo de resolución:

3 Meses

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Positivo

Via administrativa:

No agota la vía administrativa.

Recursos:

Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y en cualquier momento si no lo es / Consejero/a de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.

Normativa:

Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el reglamento electrotécnico de baja tensión (BOE de 18 de septiembre). // Orden de la Consejería de Industria, de 17 de octubre de 2003, por la que se dictan instrucciones para la aplicación del reglamento electrotécnico para baja tensión (BOC 24 de octubre de 2003).

Información al ciudadano:

Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania

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