Autorización de transporte regular de uso especial de escolares por carretera.
Consejería:
Consejería de Innovación Industria Transporte y Comercio
Dirección General:
Dirección General Transportes y Comunicaciones
Descripción:
Autorizar el traslado de escolares a los centros docentes, ya sean colegios o institutos.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Impresos:
Solicitud en impreso normalizado.
Requisitos:
Tener la condición de transportista de viajeros. Tener un contrato con el centro docente o la Consejería de Educación.
Documentación:
Permiso de circulación del vehículo. Acreditar la disponibilidad de los medios materiales necesarios para la prestación del servicio y, en particular, cumplimiento de la normativa en cuanto a antigüedad, homologación y prescripciones técnicas de los vehículos de acuerdo a la normativa en vigor.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
22 de septiembre del 2020
Lugar presentación :
Registro electrónico de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones - Resgistro Electrónico Común
Órgano instructor / Norma atributiva:
Unidad de Explotación, Conservación e Intermodadalidad
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Transportes y Comunicaciones.
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Positivo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Alzada / 1 mes desde la resolución expresa o tácita por silencio administrativo.
Normativa:
Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio). // R.D. 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores (BOE de 2 de mayo). // Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del Transporte por Carretera. // Ley de Cantabria 1/2014, de 17 de noviembre, de Transporte de Viajeros por Carretera
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania
Anexos:
3779822



