Orden ECD/50/2013
Descripción:
Orden ECD/50/2013, de 17 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de ayudas a deportistas cántabros para la promoción del deporte de alto nivel.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 80
Fecha BOC: 29/04/2013
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Fecha inicio plazo presentación:
30/04/2013
Fecha finalización plazo presentación:
17/05/2013
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los deportistas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener entre 16 y 40 años.
b) Disponer de licencia deportiva en vigor expedida por la federación cántabra. Cuando no exista federación cántabra o ésta no esté integrada en la española, se admitirá licencia deportiva expedida por la federación española.
c) Haber participado en alguna de las dos últimas temporadas en: Juegos Olímpicos, Campeonatos del Mundo, Campeonatos de Europa, Campeonatos de España y/o de Cantabria, exigiéndose en el caso de los Campeonatos de España el estar entre los diez primeros clasificados, y en el caso de los Campeonatos de Cantabria, la obtención de medalla.
Excepcionalmente, y por razones de interés deportivo debidamente justificadas, se podrán considerar las solicitudes de aquellos deportistas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación:
a) Proyecto deportivo para el que se solicita la ayuda, que incluirá una declaración jurada sobre la obtención o solicitud de otras ayudas y la cuantía de las mismas.
b) Historial deportivo referido a las dos últimas temporadas, indicando los puestos logrados exclusivamente en Juegos Olímpicos, Campeonatos del Mundo, de Europa, de España o de Cantabria; e inclusión en el programa preolímpico o selección española correspondiente, con indicación del número de veces seleccionado en las dos últimas temporadas (Anexo II).
c) Fotocopia de la licencia federativa en vigor del solicitante, expedida por la federación cántabra o de la federación española, en el caso de que no exista federación cántabra o de que ésta no se halle integrada en la española.
d) En el caso de que no conste en esta Consejería o haya sido modificado:
Declaración responsable en la que se incluyan los datos relativos a la cuenta bancaria en la que habrá de ingresarse la subvención que, en su caso, se conceda (Anexo IV).
Anexos:
Lugar presentación :
Si en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, y en la normativa reglamentaria reguladora de esta materia.
Órgano tramitador:
Pasaje de Peña, 2 - 1º - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 74 10

