Detalle:

Subvenciones para la recuperación de la memoria histórica en Cantabria.

Consejería:

Consejería de Universidades Igualdad Cultura y Deporte

Dirección General:

D.G. de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica

Descripción:

Mediante este procedimento, que se inicia de oficio mediante convocatoria, se tramitan, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para la realización de actuaciones para la recuperación de la Memoria Histórica en Cantabria, previstas en la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura. Estas subvenciones están dirigidas a Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Tipo de Inicio:

Interesado / De oficio

Tipo procedimiento:

Bases de ayudas, becas y subvenciones

Tipo de destinatario:

Empresas

Impresos:

Solicitud y anexo II (certificación relativa al acuerdo adoptado por la Entidad Local para solicitar la subvención)

Requisitos:

Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Documentación:

La documentación a presentar en la convocatoria de 2020 es la siguiente: a) Certificación expedida por el Secretario/a o por Interventor/a de la Entidad Local relativo a la resolución adoptada por el órgano competente por la que se acuerda solicitar la subvención regulada en la presente Resolución, según modelo del Anexo II. b) Memoria descriptiva de la actividad para la que se solicita la subvención y plazo estimado de ejecución de la misma, debiendo adjuntar documentación fotográfica, en el caso de actividades previstas en las letras a) y e) del artículo 3 acerca del lugar objeto de la actividad. Al efecto de poder valorar los criterios previstos en las letras d) y f) del apartado 1 del artículo 6, esta documentación deberá incluir información acerca del Plan de Comunicación y de la política de igualdad entre mujeres y hombres a desarrollar en el proyecto. c) Presupuesto de la actividad calculado con IVA, detallando los gastos a realizar en la ejecución de la misma. d) Autorizaciones administrativas obtenidas para la realización de la obra o, en su defecto, documentación acreditativa de haberla solicitado. e) Documentación acreditativa de las actividades de recuperación de la Memoria Histórica realizadas en los últimos cinco años, para la valoración, en su caso, del criterio previsto en el artículo 6.1.c). No será necesario aportar documentación acreditativa de requisitos si consta la autorización o no oposición en los términos indicados en la convocatoria e impreso de solicitud.

Tasa/Precio público:

No

Plazo presentación:

Veinte (20) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de la convocatoria

Fecha:

16 de septiembre del 2020

Lugar presentación :

Oficina de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, situada en la calle Lealtad, n 24 (Edificio Matorras) de Santander, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica / Orden UIC/17/2020, de 13 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la recuperación de la Memoria Histórica en Cantabria, que están publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria nº 63, de 31 de marzo de 2020

Órgano resuelve / Norma atributiva:

Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte / artículo 9.1 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y Orden UIC/17/2020, de 13 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la recuperación de la Memoria Histórica en Cantabria

Plazo de resolución:

3 Meses

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Negativo

Via administrativa:

Agota la vía administrativa

Recursos:

Potestativo de reposición o recurso contencioso - administrativo / En recurso de reposición, un mes si el acto fuera expreso. Si no es expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se producen los efectos del silencio administrativo. En recurso contencioso-administrativo, dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación, si es expreso. Seis meses, si es acto presunto ( según T.C abierto sine die ) / Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, en caso de plantear recurso de reposición. En caso de interposición de recurso contencioso-administrativo, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Normativa:

Orden UIC/17/2020, de 13 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la recuperación de la Memoria Histórica en Cantabria // Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria // Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones // Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba elReglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. // Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas // Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales // Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, del Parlamento y del Consejo de 27 de abril de 2016 (Reglamento General de Protección de Datos) // Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura

Información al ciudadano:

https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania. El extracto de la resolución de 2 de septiembre de 2020, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la recuperación de la Memoria Histórica en Cantabria para 2020 se encuentra publicado en el BOC nº 174, de 9 de septiembre de 2020. Se puede acceder al texto completo y documentación a presentar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) ID: 522358

Anexos:

10012107