Autorización de transporte privado complementario de mercancías (MPC).
Consejería:
Consejería de Innovación Industria Transporte y Comercio
Dirección General:
Dirección General Transportes y Comunicaciones
Descripción:
Obtención de la Autorización de transporte privado complementario de mercancías (MPC).
Tipo de Inicio:
Interesado
Impresos:
Solicitud en impreso normalizado.
Requisitos:
Ser persona física o jurídica (sociedad mercantil, laboral o cooperativa). Tener nacionalidad española o de algún país de la UE o de algún país que por tratado o convenio internacional no sea exigible este requisito. Cumplir las obligaciones sociales y laborales exigidas por la legalidad vigente. Cumplir las obligaciones de carácter fiscal exigidas por la legalidad vigente. Disponer de un número de vehículos adecuado dedicado a la actividad con las condiciones exigidas por la normativa en vigor. Acreditar el número de conductores previsto en la normativa. El volumen de transporte autorizado a la empresa deberá ser acorde con el volumen de mercancías adquiridas y producidas por la empresa así como el número de sus clientes y proveedores. La empresa deberá estar dedicada a una actividad principal distinta del transporte de mercancías.
Documentación:
NIF/CIF, pasaporte o cuando fuera una persona jurídica, documento de constitución y acreditación de inscripción en el Registro correspondiente. / Recibo del Impuesto de Actividades Económicas y certificación administrativa en relación a la presentación de la declaración del IRPF o Sociedades, IVA y no existencia de deudas con el Estado o la Comunidad Autónoma. / Acreditación de haber dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda a los trabajadores que presten servicio en la empresa. / Presentación de documentación justificativa en relación al volumen de mercancías adquiridas y producidas por la empresa, número de sus clientes y proveedores.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
27 de febrero del 2007
Lugar presentación :
Dirección General de Transportes y Comunicaciones y artículo 16 Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Unidad Explotación, Conservación e Intermodalidad. / Decreto 16/2006, de 23 de febrero, de modificación de la estructura orgánica y relacion de puestos de trabajo de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones (BOC 6 de marzo de 2006).
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Transportes y Comunicaciones. / Decreto 84/2002, de 11 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de transportes y comunicaciones (BOC de 6 de agosto).
Plazo de resolución:
5 meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Desestimatorio.
Via administrativa:
No agota la vía Administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada. / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es. / Consejero/a de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.
Normativa:
Ley 167/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres ( BOE de 31 de julio). / RD 1211/90, de 28 de Septiembre, por el que se aprueba el ROTT ( BOE de 8 de Octubre), modificado por RD 1225/2006, de 27 de octubre (BOE de 15 de noviembre). / O.M. de 24 de agosto de 1999, que desarrolla la LOTT en materia de autorizaciones de transporte de mercancías (BOE de 7 de Septiembre), modificada por la Orden de 28 de febrero de 2000 (BOE de 9 de marzo). / Orden FOM/374/2007 (BOE de 28 de marzo), modificada por la FOM/2185/2008, de 23 de julio (BOE 25.07.2008).
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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