Contenido:
PESCA RECREATIVA DEL PULPO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
Fecha de publicación: 26/06/2020
De conformidad con las competencias asumidas por el Estatuto de Autonomía para Cantabria, el artículo 24.12 determina que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de pesca en aguas interiores, marisqueo y acuicultura, que asumió con el Real Decreto 3114/1982, de 24 de julio, por el que la Administración del Estado transfiere competencias en materia de pesca en aguas interiores y actividades recreativas a la Comunidad Autónoma de Cantabria.
En base a estas competencias se publicó el vigente Decreto 45/2002, de 4 de abril, por el que se establecen las normas que regulan la pesca marítima de recreo, que fue parcialmente modificado por el Decreto 43/2010, de 8 de julio y el Decreto 99/2019, de 18 de julio, recogiendo en la última modificación al pulpo (Octopus vulgaris) como especie permitida en el ejercicio de la actividad de la pesca recreativa.
Al objeto de regular la actividad de la pesca recreativa del pulpo (Octopus vulgaris) en Cantabria, bajo los criterios de sostenibilidad de los recursos pesqueros, y una vez analizados los estudios científico-técnicos que se han llevado a cabo para la evaluación de éste recurso de la región, se hace necesario el establecimiento de las normas que rijan el desarrollo de la pesca recreativa dirigida al pulpo.
Por todo ello, se ha dispuesto una Orden por la que se establecen las normas que regulan la pesca recreativa del pulpo (Octopus vulgaris) en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
En base a estas competencias se publicó el vigente Decreto 45/2002, de 4 de abril, por el que se establecen las normas que regulan la pesca marítima de recreo, que fue parcialmente modificado por el Decreto 43/2010, de 8 de julio y el Decreto 99/2019, de 18 de julio, recogiendo en la última modificación al pulpo (Octopus vulgaris) como especie permitida en el ejercicio de la actividad de la pesca recreativa.
Al objeto de regular la actividad de la pesca recreativa del pulpo (Octopus vulgaris) en Cantabria, bajo los criterios de sostenibilidad de los recursos pesqueros, y una vez analizados los estudios científico-técnicos que se han llevado a cabo para la evaluación de éste recurso de la región, se hace necesario el establecimiento de las normas que rijan el desarrollo de la pesca recreativa dirigida al pulpo.
Por todo ello, se ha dispuesto una Orden por la que se establecen las normas que regulan la pesca recreativa del pulpo (Octopus vulgaris) en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Anexos:
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PROCEDIMIENTO PARA EXPEDICIÓN DEL PERMISO DE PESCA RECREATIVA
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MANUAL DE INSTRUCCIONES PERMISO PULPO WEB DE SOLIA
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Orden pesca recreativa del pulpo
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