Procedimiento Sancionador de Pesca Marina y Comercialización.
Consejería:
Consejería de Desarrollo Rural Ganadería Pesca Alimentación y Medio Ambient
Dirección General:
Dirección General Pesca y Alimentación
Descripción:
Asegurar la correcta aplicación del ordenamiento en materia pesquera, dentro de aguas interiores.
Tipo de Inicio:
De oficio
Tipo procedimiento:
Sancionador
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Documentación:
Acta de inspección o denuncia
Tasa/Precio público:
No
Fecha:
17 de septiembre del 2018
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Actividades Pesqueras
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Directora General de Pesca y Alimentación para las infracciones leves y graves Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación para las muy graves / Ley de Cantabria 7/1997, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales y administrativas.
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Caducidad
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa especifica, se produzcan los efectos del silencio / Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación para las infracciones leves y graves Consejo de Gobierno para las muy graves.
Normativa:
Ley de Cantabria 7/1997, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales y administrativas (BOC nº 260, de 30.12.1997 y BOE nº33, de 7 de febrero de 1998). Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.
Información al ciudadano:
Las infracciones administrativas prescriben en el plazo de 3 años las muy graves, de 2 años las graves y 6 meses las leves.Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3788388


