Orden GAN/27/2013
Descripción:
Orden GAN/27/2013, de 19 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan para 2013 dos becas de formación práctica en el área de gestión de recursos marisqueros y pesqueros y en el área de laboratorio para licenciados.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 82
Fecha BOC: 02/05/2013
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Fecha inicio plazo presentación:
03/05/2013
Fecha finalización plazo presentación:
21/05/2013
Beneficiarios:
Pueden solicitar la concesión de las dos becas quiénes estén en posesión del título de licenciado en ciencias biológicas o licenciado en ciencias del mar.
Todos los licenciados mencionados podrán presentar solicitudes siempre que no hayan transcurrido más de cuatro años desde la obtención del título y la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes; sean españoles o naturales de un país de la Unión Europea; tengan vecindad administrativa o sean naturales de Cantabria; no hayan sido separados del servicio de ninguna administración u organismo público o privado como consecuencia de expediente disciplinario; no estén incursos en cualquiera de las prohibiciones del artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones; no hayan renunciado con anterioridad a alguna beca concedida por la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural; no hayan sido beneficiarios de una beca de formación en la administración de la comunidad autónoma de Cantabria durante dos o más años y acrediten preparación teórica en las materias contenidas en la base segunda. La preparación teórica mínima que deberá acreditarse será la de haber cursado estudios relativos a las materias indicadas.
Período beca:
Las becas durarán hasta el 31 de diciembre de 2013. Las becas podrán prorrogarse, excepcionalmente, una sola vez, por un período máximo de doce meses.
Cuantía:
El importe mensual bruto de cada beca será de 800,00 euros/mes brutos.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Certificación del expediente académico con calificaciones y fotocopia compulsada del título correspondiente, o en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición.
- Declaración jurada de renuncia a otras becas, remuneraciones o ayudas, en el caso de ser seleccionado y de no haber sido separado del servicio de ninguna administración u organismo público o privado como consecuencia de expediente disciplinario.
- Certificaciones de las circunstancias que prueben la preparación teórica del candidato.
- Dos fotografías recientes de tamaño carné.
- Curriculum vitae con los documentos acreditativos de los méritos alegados.
- Certificación de vecindad administrativa en Cantabria, para los no naturales de la comunidad.
- Fotocopia del carné de conducir clase B y compromiso de disponibilidad de vehículo.
- Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social así como del resto de las obligaciones con la comunidad autónoma de Cantabria.
- Declaración jurada de no haber renunciado con anterioridad a alguna beca concedida por la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural.
- Declaración de no incurrir en ninguna de las circunstancias del artículo 12, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones.
- Declaración jurada de no haber sido beneficiario de una o más becas de formación en la administración de la comunidad autónoma de Cantabria durante dos años o más. Una vez recibida la solicitud se comprobará si la documentación presentada por el solicitante es incompleta o defectuosa, en cuyo caso se notificará al interesado, concediéndole un plazo de 10 días para que subsane la omisión o insuficiencia. Si transcurrido dicho plazo la subsanación no ha sido realizada, la solicitud se archivará sin más trámites.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro Auxiliar de la Consejería o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
DIREC. GENERAL DE PESCA Y ALIMENTACION
C/ Gutiérrez Solana, s/n - 39011 Santander
Teléfono: 942 20 78 41
Enlaces:
Obligaciones:
- El becario que acepte la beca que se le conceda adquiere, además de las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria, los compromisos siguientes:
- Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma.
- Presentar certificación que acredite que no padece enfermedad contagiosa o defecto físico que impida la prestación de los estudios y trabajos que implica la aceptación de la beca.
- La aceptación del reglamento y normas de régimen interno del centro o centros donde realice su formación.
- Dedicarse de manera plena al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas.
- Presentar un informe dentro de los quince días siguientes al término de cada trimestre natural, que contendrá la mención de los trabajos y estudios realizados y las consideraciones pertinentes sobre la experiencia práctica adquirida.
- Compromiso de confidencialidad sobre los datos que conozca durante el periodo de formación.
- El becario llevará a cabo las tareas que se le encomienden por la directora general de pesca y alimentación o tutor que se les designe por esta, en las condiciones de lugar, tiempo y dedicación que se le indiquen, y en las dependencias que se determinan en la base segunda.
- El incumplimiento por el becario de sus obligaciones, así como la no realización de las labores de investigación o formación práctica en condiciones satisfactorias, la ausencia injustificada, el bajo interés y rendimiento, serán causas de pérdida de la condición de becario y en consecuentemente, de la privación de la beca por el tiempo que quedare pendiente, previo informe del tutor y sin perjuicio de las responsabilidades que resultaren exigibles.
- Con una antelación de quince días hábiles al vencimiento de la última mensualidad, por el becario se hará entrega a la directora general de Pesca y Alimentación de un informe por escrito sobre los trabajos desarrollados durante el período de formación, al que se unirá informe del tutor. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la pérdida de la última mensualidad.
- El becario está obligado a facilitar cuanta información, relacionada con la subvención, le sea requerida por la intervención general de la administración de La comunidad autónoma de Cantabria, El Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes, sin perjuicio de lo establecido en la normativa en materia de protección de datos, en concordancia con lo establecido en el artículo 16.3.ñ) de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Cantabria.




