Autorización de centros para la obtención e implantación de tejidos humanos.
Consejería:
Consejería de Sanidad
Dirección General:
Dirección General Ordenación Farmacia e Inspección
Descripción:
Autorización de centros para la obtención e implantación de tejidos humanos.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Empresas
Impresos:
Solicitud del interesado/a.
Requisitos:
Centros o establecimientos debidamente autorizados, según lo dispuesto en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre y que cumplan los requisitos y condiciones establecidos en el Anexo I del Real Decreto 1301/2006, de 10 noviembre.
Documentación:
Solicitud que deberá contener, en el caso de centros y unidades de obtención de células y tejidos: el nombre del responsable o los responsables del proceso de evaluación del donante y de la extracción y una memoria detallada con la descripción de los medios de que dispone y de su adecuación a lo especificado como requisitos y condicioens mínimas. En el caso de centros o unidades de aplicación de células y tejidos humanos, la solicitud se acompañará de una memoria con la descripción detallada de los medios de que dispone el centro para realizar la actividad solicitada y su adecuación a lo dispuesto en el Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre. Así mismo, se harán constar el tipo de tejido o grupo de células para la que se solicita la autorización y el nombre y formación de la persona responsable del equipo de implantación.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
27 de enero del 2020
Lugar presentación :
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, calle Federico Vial, 13, 39009, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección de Ordenación y Atención Sanitaria. / Decreto 24/2002, de 7 de Marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Ordenación y Atención Sanitaria. / Decreto 24/2002, de 7 de Marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Negativo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Sanidad.
Normativa:
Real Decreto 1301/2006, de 10 noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos. Decreto 26/2014, de 29 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Orden de 4 de junio de 1997. Real Decreto 1277/2003. de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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