Subvencion:

Orden ECD/19/2012

Descripción:

Orden ECD/19/2012, de 28 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas económicas individuales al transporte para el alumnado de Formación Profesional de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, durante la realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo y la fase de prácticas en centros de trabajo.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 69

Fecha BOC: 10/04/2012

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Plazo presentación:

El alumnado que finalice la Formación en Centros de Trabajo o la Fase de Prácticas en Centros de Trabajo antes del 30 de junio de 2012, podrá presentar sus solicitudes:
a) Antes del día 4 de junio de 2012, en la secretaría del Centro Educativo donde esté matriculado/a el alumno/a. El Centro Educativo deberá presentar las solicitudes en el registro auxiliar de la Consejería, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, hasta el día 25 de junio de 2012, para que éstas puedan ser admitidas a trámite.
b) Hasta el día 8 de junio de 2012, en el registro auxiliar de la Consejería o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
El alumnado que realice la Formación en Centros de Trabajo o la Fase de Prácticas en Centros de Trabajo entre el 1 de julio de 2012 y 31 de diciembre de 2012, podrá presentar sus solicitudes:
a) Antes del día 8 de octubre de 2012, en la secretaría del Centro Educativo donde esté matriculado/a el alumno/a. El Centro Educativo deberá presentar las solicitudes en el registro auxiliar de la Consejería o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, hasta el día 22 de octubre de 2012, para que éstas puedan ser admitidas a trámite.
b) Hasta el día 15 de octubre de 2012, en el registro auxiliar de la Consejería o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
 

Fecha inicio plazo presentación:

11/04/2012

Beneficiarios:

Podrán acogerse a la presente convocatoria los alumnos/as que reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar matriculado/a en un Centro Educativo sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria en alguna de las enseñanzas siguientes:
- Ciclos Formativos de Formación Profesional Inicial.
- Programas de Cualificación Profesional Inicial.
b) Residir durante el periodo de FCT en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Excepcionalmente, en caso de no residir en Cantabria, se deberá presentar solicitud expresa para beneficiarse de la ayuda, dirigida al Director General de Formación Profesional y Educación Permanente para su estudio y autorización. Los alumnos afectados deberán tramitar dicha autorización con suficiente antelación para así poder adjuntarla a la solicitud y presentarla en los plazos fijados en la presente Orden.
c) Realizar el módulo de Formación en Centros de Trabajo de un Ciclo Formativo o la Fase de Prácticas en Centros de Trabajo de un Programa de Cualificación Profesional Inicial en empresas o instituciones colaboradoras entre el 1 de enero de 2012 y 31 de diciembre de 2012.
d) Realizar el módulo de Formación en Centros de Trabajo con una duración de 740 h de un Ciclo Formativo de 1700 horas en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2011 y 30 de junio de 2012, por no haber podido participar en la convocatoria anterior.
e) Realizar el módulo de Formación en Centros de Trabajo en periodo extraordinario, con autorización de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, comprendido entre 1 de septiembre de 2011 y 1 de marzo de 2012 y no haberse beneficiados de las ayudas ofertadas en convocatorias anteriores.
f) Desarrollar el módulo de Formación en Centros de Trabajo o la Fase de Prácticas en Centros de Trabajo en empresas o instituciones colaboradoras situadas en una localidad diferente de la del Centro educativo y de la localidad de residencia habitual/domicilio familiar o, situadas en una localidad diferente a la de la residencia habitual/domicilio familiar en jornada partida.
g) Superar el módulo de Formación en Centros de Trabajo o la Fase de Prácticas en Centros de Trabajo en el que esté matriculado el alumno/a.
 

Documentación a adjuntar:

La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
- Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI) o, en su caso, del número de identificación de extranjeros (NIE) del alumno/a.
- Copia del código cuenta cliente (C.C.C.) del número de cuenta o cartilla donde desea se ingrese la ayuda, de la que deberá ser titular el alumno/a.
- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, según anexo IV.
- Autorización de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente para la realización del módulo en otra localidad.
- En caso de no residir en la Comunidad Autónoma de Cantabria, adjuntar la autorización expresa del Director General de Formación Profesional y Educación Permanente.
 

Anexos:

Lugar presentación :

Órgano tramitador:

Dirección:

DIREC. GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN PERMANENTE

C/ Vargas, nº 65 - 39010 Santander

Teléfono: 942 20 74 37