Publicadas las subvenciones 2016 a las OPAS de Cantabria por colaborar en la cumplimentación de la Solicitud Única del Sistema de Gestión de Ayudas
Noticia: Publicadas las subvenciones 2016 a las OPAS de Cantabria por colaborar en la cumplimentación de la Solicitud Única del Sistema de Gestión de Ayudas
El gasto que supone la concesión de las subvenciones no podrá superar los 84.000 euros
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica en su edición de hoy la Orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, de 17 de octubre de 2016, por la que se convocan las ayudas para el año 2016 a las Organizaciones Profesionales Agrarias (OPAS) y Cooperativas Agrarias de Cantabria por colaborar en la cumplimentación de la Solicitud Única del Sistema de Gestión de Ayudas.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, las OPAS y las Cooperativas Agrarias de Cantabria legalmente constituidas que hayan realizado las actividades contempladas en la cláusula cuarta de la Orden de convocatoria.
Se convocan, para el ejercicio 2016, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a conceder a las OPAS y Cooperativas Agrarias de Cantabria, con la finalidad de auxiliar la colaboración que han prestado en la cumplimentación de la solicitud única 2016, establecida mediante la Orden MED/35/2016, de 7 de junio, publicada en el BOC de 13 de junio de 2016, por la que se convocan y regulan las ayudas financiadas por el FEAGA (Fondo Europeo Agrícola de Garantía) y FEADER (Fondo Europeo de Desarrollo Rural).
La ¿nanciación del gasto que supone la concesión de las subvenciones, cuyo importe global no podrá superar la cantidad de 84.000 euros, se realizará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2016: las Organizaciones Profesionales Agrarias, Gestión Política Agraria Común (PAC), por un importe máximo de 80.000 euros, y las Cooperativas Agrarias, Gestión Política Agraria Común (PAC), por un importe máximo de 4.000 euros.
La cuantía de la subvención se obtendrá dividiendo el importe del crédito autorizado entre el número total de solicitudes tramitadas y registradas en la aplicación SGA que hayan acreditado las entidades beneficiarias, y su posterior multiplicación por el número de solicitudes tramitadas y registradas por cada entidad, no pudiendo superar los 30 euros por solicitud.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día 29 de octubre, siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC.
Las solicitudes de ayuda, dirigidas al consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación, deberán presentarse en las Oficinas Comarcales de la citada Consejería, sin perjuicio de que puedan presentarse telemáticamente o en los demás lugares previstos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
A los modelos de solicitudes, que podrán obtenerse en las dependencias del Servicio de Ayudas del Sector Agrario, en las Oficinas Comarcales de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, así como a través de Internet en la dirección: www.cantabria.es, junto con la documentación que se detalla en los mismos, se les acompañará una relación nominal de las solicitudes tramitadas por la OPA o Cooperativa con la conformidad del responsable de la entidad en Cantabria, conforme a lo indicado en el anexo II.
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