Noticia: El BOC publica subvenciones para la creación de Grupos Operativos Autonómicos de cara a la Asociación Europea de Innovación de Agricultura Productiva y Sostenible 2016

La subvención para la creación de estos Grupos no podrá superar los 8.000 euros por agrupación beneficiaria y proyecto presentado

 

Santander- 30.09.2016

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy el extracto de la Orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación,  de 22 de septiembre de 2016, por la que se convocan subvenciones para la creación de Grupos Operativos Autonómicos en relación a la Asociación Europea de Innovación de Agricultura Productiva y Sostenible para el año 2016.

Para obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones reguladas por esta Orden, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Los miembros de la agrupación solicitante deberán tener personalidad física o jurídica, pública o privada. Además, en caso de agricultores, ganaderos, OPAs, investigadores, asesores, empresas del sector agroalimentario, grupos de acción local, organizaciones no gubernamentales, plataformas tecnológicas, universidades o cualquier otro agente que sea relevante para el objetivo del grupo, así como de las organizaciones que agrupen a cualquiera de los anteriores, deberán desarrollar su actividad en Cantabria.

Por otro lado, y en el caso de persona física, demostrará su actividad profesional en el sector agrario o alimentario, con la inscripción en el registro oficial o régimen tributario correspondiente a dicha actividad.

b) Elaborar y presentar un documento vinculante, según el modelo previsto en el anexo II, con el contenido mínimo indicado en el artículo 5 de la Orden.

c) La designación de un coordinador de la agrupación, el cual deberá contar con personalidad jurídica y será el perceptor único de la subvención e interlocutor con la Administración, en los términos previstos en el artículo 7 de la Orden.

d) Presentar una descripción del problema u oportunidad a abordar y la posible idea innovadora a desarrollar en el ámbito de Cantabria, con base en el modelo previsto en el anexo III.

e) Presentar un presupuesto estimado de gastos para la creación del grupo y la elaboración del proyecto innovador, por partidas de gasto y por miembro de la agrupación.

f) Presentar un plan de divulgación de los resultados del grupo y alcance del mismo, que incluirá, al menos, la difusión a nivel autonómico en el portal institucional del Gobierno de Cantabria o sus páginas Web especializadas dependientes de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación.

Por último, las agrupaciones solicitantes, que decidan utilizar la figura del Agente de Innovación, deberán acreditar la experiencia y capacitación del mismo, con base en lo recogido en el artículo 8 de la Orden.

Cuantía de las ayudas

La concesión de las subvenciones se financiará con cargo a los créditos consignados en la aplicación presupuestaria `Mejora de la actividad agraria¿, correspondiente a los `Proyectos de innovación agrarios¿ de la Ley de Presupuestos Generales de Cantabria para este ejercicio 2016, hasta un importe máximo de 40.000 euros.

Asimismo, las solicitudes resueltas favorablemente se subvencionarán con el 100% de los gastos subvencionables.

En función de las disponibilidades presupuestarias, la subvención para la creación de grupos operativos autonómicos en esta convocatoria no podrá superar los 8.000 euros por agrupación beneficiaria y proyecto o actuación presentada, estando limitada en cualquier caso por la cuantía solicitada.

Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOC.

El coordinador dirigirá la solicitud para concurrir a las presentes subvenciones al consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación, y se podrá presentar en el modelo normalizado que figura en el anexo I de la  presente Orden, en la Consejería antes citada; en forma telemática en el Registro Común del Gobierno de Cantabria: https:\\rec.cantabria.es, o a través de la sede electrónica del Ejecutivo cántabro, en la dirección http://www.cantabria.es.

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