Autorización de funcionamiento y registro de centros destinados a intercambios intracomunitarios de animales, esperma, óvulos y embriones equinos, caninos, ovinos y caprinos.
Consejería:
Consejería de Desarrollo Rural Ganadería Pesca Alimentación y Medio Ambient
Dirección General:
Dirección General Ganadería
Descripción:
Autorización y registro de centros destinados a intercambios intracomunitarios de animales, esperma, óvulos y embriones no sometidos a las disposiciones del anexo Real Decreto 1316/1992.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Requisitos:
Memoria Técnica en la que se expongan los requisitos establecidos en la Directiva 92/65/CEE y normativa concordante.
Documentación:
Documentos acreditativos del cumplimiento de requisitos reflejados en la norma (Reglamento 1282/2002/CE). Solicitud. Memoria descriptiva de instalaciones y de funcionamiento. Registros. Programa Sanitario.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Durante todo el año, antes del comienzo del funcionamiento.
Fecha:
17 de septiembre del 2019
Lugar presentación :
Las solicitudes se presentarán en el Registro de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, directamente, o en los lugares y forma previstos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria .
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Ganadería. Servicio de Sanidad y Bienestar Animal / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC num.242 de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganadería y Pesca (BOE nº.281 de 23 de noviembre de 1982).
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Ganadería. / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº.242 de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganadería y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Positivo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación
Normativa:
Ley 8/2003 de 24 de abril, de Sanidad Animal (BOE nº.99 de 25 de abril de 2003).Directiva 92/65/CEE del Consejo de 13 de julio de 1992 por la que se establecen las condiciones sanitarias aplicables a los intercambios y las importaciones en la Comunidad de animales, esperma, óvulos y embriones no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normativas comunitarias específicas a que se refiere la sección I del Anexo A de la Directiva 90/425/CEE.(DO nº L 268 de 14 de septiembre de 1992). Reglamento (CE) Nº 1282/2002/CE de 15 de julio de 2002 que modifica determinados anexos de la Directiva 92/65/CEE del Consejo, por la que se establecen las condiciones de policía sanitaria aplicables a los intercambios y las importaciones en la Comunidad de animales, esperma, óvulos y embriones no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normativas comunitarias específicas a que se refiere la sección I del Anexo A de la Directiva 90/425/CEE (DO L 187 de 16 de julio de 2002).Reglamento 176/2010/CE.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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