Orden MED/12/2016
Descripción:
Orden MED/12/2016, de 7 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para centros de recogida de animales de compañía abandonados.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 52
Fecha BOC: 16/03/2016
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Fecha inicio plazo presentación:
27/04/2016
Fecha finalización plazo presentación:
26/05/2016
Beneficiarios:
Podrán beneficiarse de las ayudas recogidas en la presente Orden, las Asociaciones de Protección de Animales legalmente constituidas y sin ánimo de lucro, que tengan formalizado un convenio o acuerdo de colaboración con las Entidades Locales, para la recogida de animales de compañía abandonados.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Copia del documento de constitución de la entidad y de sus estatutos, si no se hubiera aportado ya en ejercicios anteriores y siempre que se hayan producido cambios en la junta directiva o en los estatutos de la entidad solicitante.
b) Copia del acta de la reunión del órgano de Gobierno y/o representación en que se haya acordado solicitar la ayuda.
c) Certificados de estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y con el Gobierno de Cantabria, y frente a la Seguridad Social, expedidas por la autoridad competente. Estos certificados podrán ser sustituidos por una autorización expresa, según el modelo que aparece en el anexo III de la presente Orden, por la cual se faculta al Gobierno de Cantabria para obtener, directamente y vía telemática, dicha información.
d) Memoria explicativa y presupuestaria de las inversiones o gastos para las que se solicita la ayuda, con el contenido mínimo siguiente:
- Finalidad de las mejoras, indicando la especie, raza y número de animales acogidos, las adopciones previstas y tratamientos sanitarios. Deberá detallarse con claridad las cantidades presupuestadas en alimentación, gastos sanitarios así como el número de animales presentes y por los que se solicita la ayuda.
- En el caso de inversiones en inmuebles, croquis detallado, mediciones de las obras a realizar, y memoria constructiva.
- Presupuesto de ejecución de las actividades, incluyendo en su caso facturas pro forma.
- Licencia de obras.
- Las ayudas podrán concederse a las actividades emprendidas o realizadas durante el año de la presentación de la solicitud.
e) Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según Anexo II de la presente Orden.
En el caso de que la documentación establecida en los apartados a y b), hubiese sido presentada con anterioridad (artículo 9 del Decreto 20/2012, de 12 de abril, de simplificación documental en los procedimientos administrativos), no es preciso volver a presentarla. En tal caso, se deberá indicar la fecha y el órgano o dependencia ante el que se presentaron los documentos. Para ello autorizará a la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria a recabar en su nombre los datos relativos a tales documentos, eximiéndose de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (Anexo I).
Anexos:
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Modelo de Solicitud
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- Anexos
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Orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, de 18 de abril de 2016, por la que se convocan las ayudas para centros de recogida de animales de compañía abandonados.
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Lugar presentación :
Asimismo, podrán presentarse a través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica "sede.cantabria.es".
Órgano tramitador:
DIREC. GENERAL DE GANADERIA
Avda. Albert Einstein, 2 - 39011 Santander
Teléfono: 942 20 78 40
Enlaces:
- Extracto de la Orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, de 18 de abril de 2016, por la que se convocan las ayudas para centros de recogida de animales de compañía abandonados.
- Orden MED/31/2017, de 11 de julio, por la que se modifica la Orden MED/12/2016, de 7 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para centros de recogida de animales de compañía abandonados.
- Orden MED/8/2018, de 12 de febrero, por la que se modifica la Orden MED/12/2016, de 7 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para Centros de Recogida de Animales de Compañía Abandonados.



